Medio ambiente
Introducción Medio ambiente
Bases para Titulado/a medio Fiscalidad y tributos
Bases Específicas
Titulado/a medio Fiscalidad y tributos
Con el objetivo de garantizar la igualdad, mérito y capacidad en el acceso a Canal de Isabel II, S.A., M.P., se publican las presentes bases específicas que regirán el proceso selectivo para la cobertura del siguiente puesto:
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Puesto: Titulado/a medio Fiscalidad y tributos Plazas: 1 Turno: Nuevo ingreso |
Este proceso se desarrollará bajo la modalidad de concurso-oposición, conforme a la normativa vigente y a las bases generales, cuya publicación ha sido anunciada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM).
Las bases específicas detallan los requisitos de participación, el perfil del puesto, el procedimiento de selección con la estructura de las pruebas, así como los criterios de valoración tanto en la fase de oposición como en la fase de concurso. Asimismo, se incluyen las disposiciones relativas a la presentación de solicitudes, plazos, documentación exigida, tribunal calificador, actividades a desarrollar, conocimientos necesarios y demás aspectos necesarios para garantizar la transparencia y objetividad del procedimiento.
La estructura de las bases específicas es la siguiente:
- REQUISITOS PARA PARTICIPAR Y PERFIL DEL PUESTO
- PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
- TRIBUNAL CALIFICADOR
- CONOCIMIENTOS NECESARIOS
- ACTIVIDAD A DESARROLLAR
La finalidad del proceso selectivo es incorporar profesionales cualificados que contribuyan al cumplimiento de los fines y objetivos de Canal de Isabel II S.A., M.P. (en adelante “Canal de Isabel II”, “Canal” o “Empresa”), asegurando la prestación de un servicio público eficiente y de calidad.
Como Canal de Isabel II, nuestro propósito es claro: “Cuidar el agua y garantizar un futuro sostenible para la Comunidad de Madrid”. Este compromiso guía cada una de nuestras decisiones y nos impulsa a ofrecer un servicio innovador, eficiente y responsable con las personas y el medioambiente
Somos conscientes de que el agua es un recurso vital y nuestra responsabilidad va más allá de su gestión. Nuestra labor tiene un impacto directo en la calidad de vida de las personas, en la preservación del medioambiente y en el desarrollo sostenible de la región.
Nuestros profesionales son la corriente de agua que impulsa nuestra misión.
¿Te animas a formar parte de Canal de Isabel II?
- REQUISITOS PARA PARTICIPAR Y PERFIL DEL PUESTO
Podrán participar en el proceso selectivo aquellas personas candidatas que cumplan los requisitos mínimos que se establecen en las bases generales y en las presentes “Bases específicas”.
Quedarán excluidas del proceso selectivo las candidaturas que no cumplan alguno de los requisitos mínimos fijados en dichas bases generales o en estas bases específicas y, en particular, los que no acrediten la titulación requerida en el presente apartado.
Dichos requisitos deberán ser cumplidos en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse en el momento de la formalización del contrato.
Nombre del puesto: TITULADO/A MEDIO FISCALIDAD Y TRIBUTOS
Número de plazas:
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PROCEDIMIENTO |
PLAZAS |
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Nuevo ingreso |
1 |
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Total |
1 |
Jornada: La plaza se ajustarán a la jornada continuada de mañana de lunes a viernes.
Lugar de trabajo: Ámbito territorial de aplicación del III Convenio Colectivo de Canal de Isabel II, S.A., M.P.
Retribución anual: A fecha de publicación de estas bases específicas, la retribución fija anual es de 38.970,32 €.
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GRUPO PROFESIONAL |
SUBGRUPO |
ÁREA FUNCIONAL |
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Titulados Universitarios |
B |
Administrativa |
Complementos variables adicionales (progresivos hasta un 15,5%*):
- Incentivo de productividad
- Complemento por desempeño
- Complemento por objetivos
*Se aplicarán conforme a lo establecido en el Título V “Retribuciones económicas” del III Convenio Colectivo de Canal de Isabel II, S.A., M.P.
Titulación requerida: Estar en posesión del título de (Nivel MECES: 2)
- Título de Diplomado en Ciencias Empresariales.
- Grado en Ciencias Económicas.
- Grado en Administración y Dirección de Empresas.
- Titulación equivalente o la homologación correspondiente.
Carné de Conducir: Carné de conducir B en vigor
- PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
- SOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN
La inscripción en el proceso selectivo se realizará conforme a lo indicado en las bases generales. Las personas candidatas presentarán su solicitud de participación a través de la página web de procesos selectivos de Canal de Isabel II, S.A., M.P.:
https://convocatoriascanaldeisabelsegunda.es
El plazo de admisión de solicitudes finaliza a las 23:59 horas del día 01 de junio de 2026, no admitiéndose ninguna solicitud posterior a dicha fecha. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la no admisión de la candidatura.
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- ADMISIÓN DE ASPIRANTES Y CONVOCATORIA DE PRUEBAS
Todos los aspirantes recibirán en su correo electrónico la confirmación de la inscripción en el proceso selectivo. En él, se les asignará su número de identificador de candidatura para los comunicados públicos que se hagan en las distintas fases del proceso.
Tal y como establecen las bases generales, una vez finalizado el plazo de inscripción, se revisará la documentación aportada por las personas candidatas para comprobar la acreditación de los requisitos, determinando el estado de cada candidatura. Tras esa revisión, se hará público a través de la web de procesos selectivos (en el apartado “CALENDARIO” del proceso selectivo en concreto) el listado provisional de admisión, donde se podrá comprobar el estado de la candidatura.
Si alguna de las personas interesadas no hubiera acreditado el cumplimiento de los requisitos o no figurase en el listado de admisión, dispondrá de un plazo de 3 días hábiles, a partir del día siguiente de la publicación para subsanar, si procede, el defecto que haya motivado su exclusión a través de su “Área candidat@”.
Finalizado el plazo de subsanación de requisitos, se publicarán los listados de admisión con carácter definitivo.
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- FASES DEL PROCESO DE SELECCIÓN
El proceso de selección constará de las siguientes fases, en el orden que se indica:
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FASES |
PUNTUACIÓN MÁXIMA |
CARÁCTER ELIMINATORIO |
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Ejercicio tipo test |
10 puntos |
Sí |
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Prueba teórico-práctica |
10 puntos |
Sí |
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Evaluación de potencial y competencias |
5 puntos |
Sí |
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Valoración de méritos |
5 puntos |
No |
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Total |
30 puntos |
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El lugar, día y hora de celebración del ejercicio tipo test y de la prueba teórico-práctica se publicará con una antelación mínima de siete días hábiles, pudiendo realizarse ambas pruebas de forma seguida en el mismo día.
- Ejercicio tipo test
Permitirá evaluar tanto los conocimientos teóricos generales relacionados con el puesto, como la aplicación de los mismos en el ejercicio profesional. Esta prueba será obligatoria para todas las candidaturas admitidas.
Tendrá carácter eliminatorio, valorándose en concordancia con el sistema de puntuación correspondiente. En este caso, esta prueba tendrá un valor máximo de 10 puntos, siendo necesario obtener una puntuación igual o superior al 50% de la puntuación máxima (5 puntos) para superarla.
Consistirá en realizar un cuestionario tipo test que evaluará los conocimientos relacionados con los conocimientos mínimos requeridos, atendiendo a lo señalado en el apartado “conocimientos necesarios” de las bases específicas, y estará basada en la bibliografía facilitada en la misma para la preparación de la prueba. El cuestionario estará compuesto de 100 preguntas con 3 alternativas de respuesta y una sola respuesta correcta, en las que el sistema de puntuación será:
- Cada respuesta correcta será puntuada con 1 punto.
- Cada respuesta incorrecta penalizará 0,3 puntos.
- Las preguntas no contestadas no puntúan ni penalizan.
La puntuación del ejercicio se calculará mediante la siguiente fórmula:

Con carácter general, en el cuestionario test se incluirán 10 preguntas adicionales de reserva, ordenadas de la 101 a la 110, que servirán para sustituir, si procede, preguntas que pudieran ser anuladas (*).
* Cuando resulte necesario anular un número de preguntas superior al de las 10 preguntas de reserva establecidas, la calificación final de la prueba se obtendrá recalculando la puntuación en proporción al número de preguntas válidas restantes.
No obstante, si el número total de preguntas válidas fuese inferior a 80, el cuestionario se considerará nulo, quedando sin efecto los resultados obtenidos. En tal caso, se procederá a la realización de un nuevo ejercicio tipo test.
La duración máxima para la realización de este ejercicio será de 2 horas y 30 minutos. Al finalizar el examen, las personas candidatas conservarán una copia de la hoja de respuestas que garantizará la asistencia y la posterior comprobación de la realización del ejercicio.
Las candidaturas admitidas deberán presentarse en el lugar y hora publicados, siendo la no asistencia motivo de exclusión del proceso selectivo. Deberán asistir con el DNI, NIE y/o pasaporte en vigor, no pudiendo estar caducados los documentos que acrediten la identidad. Si se produjera esta situación es necesario presentar un documento que justifique la no vigencia, pudiendo mostrar un resguardo de renovación o denuncia en caso de hurto o robo.
Se prohibirá acceder a la realización de esta prueba con cualquier dispositivo electrónico encendido (móvil, tableta, calculadoras programables, relojes inteligentes, etc.), considerando causa de exclusión el incumplimiento de esta restricción.
Tras la publicación del listado provisional de resultados de este ejercicio, las personas candidatas dispondrán de un plazo de dos días hábiles para presentar reclamaciones ante el tribunal calificador sobre las preguntas del ejercicio que consideren incorrectas. Las reclamaciones se presentarán siguiendo el modelo que será facilitado, y se enviarán mediante el apartado de reclamaciones que se habilitará durante ese periodo en el área de candidat@.
Ante las resoluciones del tribunal calificador se podrá reclamar en segunda instancia ante la dirección en el plazo de dos días hábiles. Durante este periodo sólo se admitirán reclamaciones sobre aquellas preguntas que hayan sido previamente reclamadas en primera instancia ante el tribunal calificador.
Todas las candidaturas aptas que superen esta fase del proceso selectivo deberán realizar las pruebas de evaluación de potencial y competencias.
- Prueba teórico-práctica
Permitirá evaluar la habilidad o destreza en el ejercicio profesional mediante la aplicación directa de los conocimientos, permitiendo valorar así la idoneidad de la candidatura en relación con las funciones a realizar en el puesto ofertado.
Tendrá carácter eliminatorio, valorándose en concordancia con el sistema de puntuación correspondiente. En este caso, esta prueba tendrá un valor máximo de 10 puntos, siendo necesario obtener una puntuación igual o superior al 50% de la puntuación máxima (5 puntos) para superarla.
Consistirá en realizar una prueba o supuesto de carácter teórico-práctico en la que se formularán preguntas a desarrollar relacionadas con los conocimientos necesarios y actividades a desarrollar recogido en las bases específicas. La persona candidata deberá desarrollar una respuesta fundamentada, justificando su elección y explicando las razones que la sustentan.
Tras la publicación del listado provisional de resultados de esta prueba, las personas candidatas dispondrán de un plazo de dos días hábiles para presentar reclamaciones sobre la prueba realizada ante el tribunal calificador. Las reclamaciones se enviarán mediante el apartado de reclamaciones que se habilitará durante ese periodo en el área de candidat@.
Si la persona reclamante solicitara al tribunal calificador el ejercicio realizado y la calificación obtenida, se le citará en un plazo de dos días hábiles para su revisión, teniéndosele por desistida en caso de no presentarse el día en que sea convocada.
Ante las resoluciones del tribunal calificador se podrá reclamar en segunda instancia ante la dirección en el plazo de dos días hábiles. Durante este periodo sólo se admitirán reclamaciones sobre aspectos que hayan sido previamente reclamados en primera instancia ante el tribunal calificador.
Si el ejercicio tipo test y la prueba teórico-práctica se realizasen de forma seguida en el mismo día, la publicación de los listados de resultados provisionales y los plazos de reclamación de ambas fases se unificarán de igual manera.
Todas las candidaturas aptas que superen esta fase del proceso selectivo deberán realizar las pruebas de evaluación de potencial y competencias.
- Evaluación de potencial y competencias
Se incluye esta evaluación para garantizar la correcta adecuación de las candidaturas por requerir el colectivo de especia responsabilidad, capacidad para el manejo de equipos o superior especialización.
Se establece, por tanto, una evaluación de potencial y competencias que constará de las siguientes fases:
- Prueba psicotécnica: consistirá en la realización de un cuestionario tipo test de evaluación de competencias. Dicho test será realizado mediante una plataforma externa especializada en el ámbito de los recursos humanos para la evaluación psicológica que permita asegurar que cuenta con las garantías técnicas de fiabilidad y validez.
- Entrevista personal: consistirá en la realización de una entrevista personal de evaluación de competencias. Dicha entrevista se realizará por profesionales formados en la materia de evaluación de personas.
Estas pruebas medirán el grado o nivel de desarrollo de las personas candidatas en las competencias establecidas para el perfil evaluado, según el nuevo modelo de competencias de Canal.
Ambas pruebas se realizarán de manera independiente, en distintos días y modalidades.
- Primero, se realizará la prueba psicotécnica de manera conjunta con todas las candidaturas que hayan superado las fases anteriores del proceso. La convocatoria a esta prueba podrá realizarse de manera unificada con otros procesos selectivos activos similares por causas organizativas. El día, lugar y hora de realización de la prueba se informará pertinentemente a las personas participantes mediante convocatoria oficial, siendo la no asistencia motivo de exclusión del proceso selectivo. La duración media de esta prueba se encuentra entre los 30 y los 60 minutos, no existiendo tiempo máximo.
- Posteriormente, se realizará la entrevista personal de manera individual a aquellas personas que hayan realizado la prueba psicotécnica. Esta entrevista tendrá la modalidad de entrevista semiestructurada por incidentes críticos. El día, lugar y hora de realización de la entrevista, así como la persona responsable de realizar la misma, se informará pertinentemente a las personas participantes mediante convocatoria oficial. Esta entrevista tendrá una duración máxima de 1 hora y media. La no asistencia el día y hora convocados conllevará la exclusión del proceso selectivo.
El resultado de la evaluación de potencial y competencias en su conjunto se calculará mediante la media de la puntuación obtenida en ambas fases. Esta evaluación será de carácter eliminatorio, siendo necesario obtener una puntuación del 50% para superarla. En este caso, esta prueba tendrá un valor máximo de 5 puntos, siendo necesario obtener una puntuación igual o superior al 50% de la puntuación máxima (2,5 puntos) para superarla.
- Valoración de méritos
Esta valoración reconocerá la experiencia vinculada a las funciones propias del puesto convocado, asignando una puntuación tanto a la experiencia directamente relacionada con las funciones del puesto ofertado como a otras experiencias profesionales que puedan considerarse afines.
Se realizará únicamente sobre candidaturas vigentes y no tendrá carácter eliminatorio. La puntuación obtenida en esta fase se sumará a las anteriores, conforme al sistema de puntuación establecido. En este caso, esta fase tendrá un valor máximo de 5 puntos, no habiendo puntuación mínima al no ser eliminatoria.
La fecha a considerar para la valoración de méritos será la de finalización del plazo de presentación de solicitudes indicado en estas bases específicas. Los factores valorables son los siguientes:
- Experiencia profesional: Experiencia profesional en administraciones y entidades públicas o privadas siempre y cuando se hubieran desarrollado funciones análogas a las del puesto convocado: 0,05 puntos por mes completo trabajado, o la parte proporcional en los periodos inferiores al mes.
La experiencia profesional a valorar en el presente proceso selectivo será la siguiente:
- Experiencia como Titulado/a Medio, realizando tareas que coincidan con las funciones detalladas en el apartado ”Actividad a desarrollar” de estas bases y habiendo desarrollado, entre otras, las siguientes funciones:
- Liquidación y presentación de declaraciones de impuestos ante la A.E.A.T.: IVA, IRPF, Impuestos Especiales.
- Comprobación, tratamiento y registro de todo tipo de tributos locales tales como IBI, IAE, TOSVS, tasas de licencias urbanísticas, ICIO, TERU.
La acreditación de dicha experiencia profesional se realizará mediante la documentación relacionada en las bases generales. Esta documentación constará, generalmente, de (consultar el detalle de esta documentación a presentar en las bases generales):
- Informe de vida laboral actualizado.
- Currículum vitae.
- Certificado expedido por la empresa en la que se haya trabajado*.
* No será necesario acreditar (sí indicar en la solicitud) la experiencia obtenida en Canal de Isabel II por figurar ya en los archivos de la Empresa.
Esta documentación se solicitará únicamente a las personas candidatas que hayan superado el resto de las fases anteriores del proceso. Podrá adjuntarse a través del apartado de reclamaciones que se habilitará durante determinado periodo en el área de candidat@. De este periodo, las candidaturas vigentes serán informadas mediante correo electrónico y mediante su área de candidat@. No se admitirá documentación por ninguna otra vía que no sea la establecida a tal fin.
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- RESOLUCIÓN DEL PROCESO SELECTIVO
Desde la finalización de la última fase del proceso selectivo se hará pública la relación de candidaturas aprobadas con indicación de las propuestas para cubrir las plazas vacantes convocadas, en un plazo no superior a diez días hábiles. Las plazas serán adjudicadas a los aspirantes que, sumadas las calificaciones de las diferentes pruebas superadas, hayan obtenido la mayor puntuación.
En caso de igualdad en las puntuaciones finales se aplicarán sucesivamente los criterios de desempate recogidos en el artículo 47.3 del III Convenio Colectivo de Canal de Isabel II, S.A., M.P., así como en las bases generales.
El destino de las plazas lo elegirán los aspirantes según el orden final del proceso selectivo y el número de plazas disponibles. No podrán proponerse más personas candidatas que plazas. La incorporación a los respectivos destinos se producirá en el plazo máximo de dos meses desde la publicación de la relación de candidaturas aprobadas propuestas para cubrir las plazas convocadas.
Esta incorporación se producirá en el grupo profesional, área funcional, subgrupo y puesto señalados en el perfil del puesto que se establece en las presentes bases.
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- LISTA DE ESPERA
Las candidaturas que, habiendo superado las diferentes pruebas, no tengan adjudicada plaza, pasarán a formar parte de una lista de espera, la cual será pública, y se comunicará al comité de empresa.
El orden ocupado en esta lista de espera lo determinará la puntuación obtenida en la resolución publicada del proceso selectivo.
Tendrá una vigencia de quince meses desde la publicación de la resolución del proceso selectivo y se utilizará para la cobertura de vacantes de igual grupo profesional e igual puesto de trabajo y especialidad que la vacante convocada.
Cada vez que se realice el aprovechamiento de esta lista de espera, se publicará el documento actualizado marcando el estado actualizado de la misma, permitiendo a las candidaturas conocer su posición.
Para poder acceder a las nuevas plazas ofertadas, las candidaturas en lista de espera deberán poseer los requisitos de participación en el momento de formalización del contrato.
- TRIBUNAL CALIFICADOR
El tribunal calificador que se encargará de la realización y evaluación de las pruebas del ejercicio tipo test y de la prueba de carácter teórico-práctico es el siguiente:
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TITULARES |
SUPLENTES |
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Presidente/a |
Mónica Plaza Sánchez |
Mª Victoria Salas San Martín |
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Vocal |
María del Carmen Domínguez Remedio |
María del Henar Parra Fuente |
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Vocal |
Beatriz Ripa Tinte |
Beatriz Martín Vivar |
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Vocal |
Alberto Fernández Fernández De La Puebla |
Ángel de Gracia Romeral |
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Vocal |
María Del Carmen Fernández García |
Víctor Manuel López Díaz |
- CONOCIMIENTOS NECESARIOS
Se facilita la siguiente bibliografía recomendada (normativa, legislación, libros y páginas webs detalladas) en los conocimientos mínimos necesarios para preparar las pruebas del proceso selectivo:
• Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de
modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y
sobre el Patrimonio.
o TÍTULO PRELIMINAR: Naturaleza, objeto y ámbito de aplicación.
o TÍTULO I: Sujeción al Impuesto: aspectos materiales, personales y temporales.
o TÍTULO II: Determinación de la renta sometida a gravamen.
o TÍTULO III: Determinación de la base imponible.
https://www.boe.es/eli/es/l/2006/11/28/35/con
• Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.
https://www.boe.es/eli/es/l/1992/12/28/37/con
• Orden ministerial HFP/417/2017, de 12 de mayo, por la que se regulan las especificaciones normativas
y técnicas que desarrollan la llevanza de los Libros registro del Impuesto sobre el Valor Añadido a través
de la Sede electrónica de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
https://www.boe.es/eli/es/o/2017/05/12/hfp417
• Documento de preguntas frecuentes del SII. Última versión vigente. A.E.A.T.
Agencia Tributaria: IVA. Libros registro de IVA. SII.
• Orden HAC/646/2021, de 22 de junio, por la que se modifican la Orden EHA/3786/2008, de 29 de
diciembre, por la que se aprueban el modelo 303 Impuesto sobre el Valor Añadido, Autoliquidación, y
se modifica otra normativa tributaria.
https://www.boe.es/eli/es/o/2021/06/22/hac646
• Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se
regulan las obligaciones de facturación.
https://www.boe.es/eli/es/rd/2012/11/30/1619/con
• Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria:
o TÍTULO I: Disposiciones generales del ordenamiento tributario.
o TÍTULO II: Los tributos.
o TÍTULO III: La aplicación de los tributos.
https://www.boe.es/eli/es/l/2003/12/17/58/con
• Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales:
o TÍTULO I: Recursos de las haciendas locales:
- CAPÍTULO III: Tributos.
o TÍTULO II: Recursos de los municipios:
- CAPÍTULO II: Tributos propios.
https://www.boe.es/eli/es/rdlg/2004/03/05/2/con
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- Ley 15/2012, de 27 de diciembre, de medidas fiscales para la sostenibilidad energética.
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- TÍTULO I: Impuesto sobre el valor de la producción de energía eléctrica.
https://www.boe.es/eli/es/l/2012/12/27/15
· Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales:
- TÍTULO I: Impuestos especiales de fabricación.
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- CAPÍTULO I: Disposiciones comunes
- CAPÍTULO VII: Impuesto sobre Hidrocarburos
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- TÍTULO III: Impuestos Especiales sobre el Carbón y sobre la Electricidad:
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- CAPÍTULO II: Impuesto Especial sobre la Electricidad.
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https://www.boe.es/eli/es/l/1992/12/28/38/con
· Ley 07/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
- TÍTULO VII: Medidas fiscales para incentivar la economía circular.
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- CAPÍTULO II. Impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos. (art. 84 a art. 96).
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https://www.boe.es/eli/es/l/2022/04/08/7/con
- Orden HFP/1337/2022, de 28 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 593 “Impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos. Autoliquidación”.
https://www.boe.es/eli/es/o/2022/12/28/hfp1337
• Excel (nivel alto) con vinculación a datos e información de programas externos como SAP.
https://support.microsoft.com/es-es/excel
• Conocimiento de Páginas web de la AEAT, de la Dirección General de Tributos, de Catastro, de la
Comunidad de Madrid en el apartado de Tributos, de las páginas web de los Ayuntamientos para búsqueda de Ordenanzas vigentes, para búsqueda de Consultas Vinculantes y jurisprudencia de
tributos, para acceso al Sistema de Información Inmediata, para presentación de declaraciones
tributarias, etc.
https://www.sedecatastro.gob.es/
https://sede.agenciatributaria.gob.es/
https://petete.tributos.hacienda.gob.es/consultas/
- Canal de Isabel II:
- Misión, valores y retos estratégicos (Líneas estratégicas y planes).
- Ciclo integral del agua.
- III Convenio Colectivo de Canal de Isabel II, S.A., M.P.:
- Título II: Organización del Trabajo
- Título III: Clasificación Profesional
- Título VI: Seguridad y Salud Laboral
- Título IX: Régimen Sancionador.
Dosier de contenidos para procesos selectivos
- Prevención de Riesgos Laborales:
- Oficinas: MAN.016 (castellano) - M.S.S. Oficinas.pdf
- Seguridad Vial: Guía para la prevención del accidente laboral de tráfico
- ACTIVIDAD A DESARROLLAR
Las funciones principales del puesto son las siguientes:
• IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO (IVA).
- Colaborar en los procesos de cálculo de IVA Repercutido e IVA Soportado de cara a las declaraciones mensuales y anuales de IVA de una entidad calificada como “Gran Contribuyente”.
- Llevar el control y seguimiento mediante muestreos aleatorios de las facturas recibidas informadas al Sistema de Información Inmediata (SII) como sistema obligatorio
- Colaborar con las Áreas que lo soliciten para resolver consultas derivadas de la aplicación de la Ley, Reglamento del IVA y Reglamento de Facturación en relación con facturas emitidas y recibidas.
• TASAS, CÁNONES E IMPUESTOS LOCALES (IBI, IAE, TOSVS, TASAS, ICIO…).
- Dar contestación y atender a las inspecciones, requerimientos o comprobaciones de los años no prescritos de los diferentes tributos locales.
- Llevar la gestión integral de todos los tributos locales recibidos relativos a obras (TLU, ICIO, etc.).
- Llevar la gestión de todas las liquidaciones del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI).
- Gestionar, comprobar y contabilizar las liquidaciones recibidas de Impuesto de Actividades Económicas y tramitación de altas y bajas correspondientes.
- Llevar la gestión integral de las TOSVS liquidadas en cada municipio.
• IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS (IRPF).
- Calcular, comprobar, contabilizar y presentar las autoliquidaciones mensuales, así como las declaraciones informativas anuales. Retenciones en rendimientos del trabajo, profesionales, IRNR, etc.
- Calcular, comprobar y contabilizar las autoliquidaciones periódicas de las retenciones e ingresos a cuenta, rentas o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos.
• OTROS:
- Llevar el control, cálculo y presentación a través de la página web de la AEAT de la declaración del Impuesto sobre depósito de residuos en vertedero, en modelo normalizado 593.
- Llevar la gestión y control de la Tasa de Eliminación de Residuos Urbanos (TERU).
- Llevar la gestión y control de liquidaciones de Cánones y Tasas por obras de la Demarcación de Carreteras y de la Confederación Hidrográfica del Tajo.
- Dar soporte a la contestación con evidencias y controles a las cuestiones y requerimientos que se solicitan desde la Auditoría Financiera Externa.
- Controlar diariamente el correcto funcionamiento del SILICIE y presentación de autoliquidaciones de IIEE.
- Actuar como Recurso Preventivo en las actuaciones que así lo exijan.
Y, en general, todas aquellas que se deriven del desempeño del puesto de trabajo
13 de mayo de 2026
Isabel Pemau González
Directora de Recursos