Medio ambiente
Introducción Medio ambiente
Bases para Titulado/a superior protección de datos, transparencia y NNTT
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Bases Específicas
Titulado/a superior protección de datos, transparencia y NNTT
Con el objetivo de garantizar la igualdad, mérito y capacidad en el acceso a Canal de Isabel II, S.A., M.P., se establecen las presentes bases específicas que regirán el proceso selectivo para la cobertura de:
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Puesto: Titulado/a superior protección de datos, transparencia y NNTT Plazas: 1 Turno: Nuevo ingreso |
Este proceso se desarrollará bajo la modalidad de concurso-oposición, conforme a la normativa vigente y a las bases generales (publicadas el 15 de diciembre de 2025), y cuya publicación ha sido anunciada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM).
Las bases específicas detallan los requisitos de participación, el perfil del puesto, el procedimiento de selección con la estructura de las pruebas, así como los criterios de valoración tanto en la fase de oposición como en la fase de concurso. Asimismo, se incluyen las disposiciones relativas a la presentación de solicitudes, plazos, documentación exigida, tribunal calificador, actividades a desarrollar, conocimientos necesarios y demás aspectos necesarios para garantizar la transparencia y objetividad del procedimiento.
La estructura de las bases específicas es la siguiente:
- REQUISITOS PARA PARTICIPAR Y PERFIL DEL PUESTO
- PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
- TRIBUNAL CALIFICADOR
- CONOCIMIENTOS NECESARIOS
- ACTIVIDAD A DESARROLLAR
La finalidad del proceso selectivo es incorporar profesionales cualificados que contribuyan al cumplimiento de los fines y objetivos de Canal de Isabel II S.A., M.P. (en adelante “Canal de Isabel II”, “Canal” o “Empresa”), asegurando la prestación de un servicio público eficiente y de calidad.
Como Canal de Isabel II, nuestro propósito es claro: “Cuidar el agua y garantizar un futuro sostenible para la Comunidad de Madrid”. Este compromiso guía cada una de nuestras decisiones y nos impulsa a ofrecer un servicio innovador, eficiente y responsable con las personas y el medioambiente
Somos conscientes de que el agua es un recurso vital y nuestra responsabilidad va más allá de su gestión. Nuestra labor tiene un impacto directo en la calidad de vida de las personas, en la preservación del medioambiente y en el desarrollo sostenible de la región.
Nuestros profesionales son la corriente de agua que impulsa nuestra misión.
¿Te animas a formar parte de Canal de Isabel II?
1. REQUISITOS PARA PARTICIPAR Y PERFIL DEL PUESTO
Podrán participar en el proceso selectivo aquellas personas candidatas que cumplan los requisitos mínimos que se establecen en las bases generales y en las presentes “Bases específicas”.
Quedarán excluidas del proceso selectivo las candidaturas que no cumplan alguno de los requisitos mínimos fijados en dichas bases generales o en estas bases específicas y, en particular, los que no acrediten la titulación requerida en el presente apartado.
Dichos requisitos deberán ser cumplidos en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse en el momento de la formalización del contrato.
Nombre del puesto: TITULADO/A SUPERIOR
Número de plazas:
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PROCEDIMIENTO |
PLAZAS |
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Nuevo ingreso |
1 |
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Total |
1 |
Jornada: La plaza se ajustará a la jornada continuada de mañana de lunes a viernes.
Lugar de trabajo: Ámbito territorial de aplicación del III Convenio Colectivo de Canal de Isabel II, S.A., M.P.
Retribución anual: A fecha de publicación de estas bases específicas, la retribución fija anual es de 42.129,66€.
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GRUPO PROFESIONAL |
SUBGRUPO |
ÁREA FUNCIONAL |
|---|---|---|
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Titulados Universitarios |
A |
Administrativa |
Complementos variables adicionales (hasta un 23%*):
- Incentivo de productividad
- Complemento por desempeño
- Complemento por objetivos
*Se aplicarán conforme a lo establecido en el III Convenio Colectivo de Canal de Isabel II, S.A., M.P.
Titulación requerida: Estar en posesión del título de Licenciatura en Derecho, o título de Grado equivalente y Máster Oficial universitario habilitante.
Adicionalmente, se requiere estar dado de alta en cualquier Colegio de abogados de España bien como ejerciente o como no ejerciente en este momento, o bien que pueda darse de alta en el Colegio de Abogados como ejerciente en este momento sin necesidad de cursar el Máster de Acceso a la Abogacía ni aprobar el examen de acceso convocado por el Ministerio de Justicia (de conformidad con la Ley 34/2006 de 30 de octubre sobre el acceso a las profesiones de la Abogacía y la Procura).
Se admitirá titulación equivalente o la homologación correspondiente.
Idioma: Acreditar un nivel B2 según el Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas (MCER)*.
* En caso de no poder acreditar dicho nivel, debe solicitarse la realización de una prueba específica a tal efecto en el momento de la inscripción.
2. PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
2.1. SOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN
La inscripción en el proceso selectivo se realizará conforme a lo indicado en las bases generales. Las personas candidatas presentarán su solicitud de participación a través de la página web de procesos selectivos de Canal de Isabel II, S.A., M.P.:
https://convocatoriascanaldeisabelsegunda.es
El plazo de admisión de solicitudes finaliza a las 23:59 horas del día 11 de marzo de 2026, no admitiéndose ninguna solicitud posterior a dicha fecha. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la no admisión de la candidatura.
2.2. ADMISIÓN DE ASPIRANTES Y CONVOCATORIA DE PRUEBAS
Todos los aspirantes recibirán en su correo electrónico la confirmación de la inscripción en el proceso selectivo. En él, se les asignará su número de identificador de candidatura para los comunicados públicos que se hagan en las distintas fases del proceso.
Tal y como establecen las bases generales, una vez finalizado el plazo de inscripción, se revisará la documentación aportada por las personas candidatas para comprobar la acreditación de los requisitos, determinando el estado de cada candidatura. Tras esa revisión, se hará público a través de la web de procesos selectivos (en el apartado “CALENDARIO” del proceso selectivo en concreto) el listado provisional de admisión, donde se podrá comprobar el estado de la candidatura.
Si alguna de las personas interesadas no hubiera acreditado el cumplimiento de los requisitos o no figurase en el listado de admisión, dispondrá de un plazo de 3 días hábiles, a partir del día siguiente de la publicación para subsanar, si procede, el defecto que haya motivado su exclusión a través de su “Área candidat@”.
Finalizado el plazo de subsanación de requisitos, se publicarán los listados de admisión con carácter definitivo.
2.2.1. Prueba de Inglés
El presente proceso selectivo tiene como requisito contar con un nivel de inglés equivalente a B2. Para aquellas personas candidatas que no puedan acreditar el nivel de inglés mediante los certificados o títulos que se indican en las bases generales, Canal convocará una prueba específica al efecto, que podrá encargar a una entidad acreditada. Las personas candidatas interesadas solicitarán esta prueba en el momento de la inscripción.
En caso de optar por solicitar esta prueba y no asistir a la misma, será motivo directo de exclusión del proceso.
Los resultados obtenidos en esta prueba no tendrán validez como certificación oficial ni como acreditación de nivel ante entidades ajenas a la empresa. Esta prueba tendrá carácter eliminatorio y se calificará como apto o no apto, determinando el cumplimiento del requisito de idioma por parte de la candidatura.
3. FASES DEL PROCESO DE SELECCIÓN
El proceso de selección constará de las siguientes fases, en el orden que se indica:
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FASES |
PUNTUACIÓN MÁXIMA |
CARÁCTER ELIMINATORIO |
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Ejercicio tipo test |
10 puntos |
Sí |
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Prueba teórico-práctica |
10 puntos |
Sí |
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Evaluación de potencial y competencias |
5 puntos |
Sí |
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Valoración de méritos |
5 puntos |
No |
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Total |
30 puntos |
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El lugar, día y hora de celebración del ejercicio tipo test y de la prueba teórico-práctica se publicará con una antelación mínima de siete días hábiles, pudiendo realizarse ambas pruebas de forma seguida en el mismo día.
2.3.1. Ejercicio tipo test
Permitirá evaluar tanto los conocimientos teóricos generales relacionados con el puesto, como la aplicación de los mismos en el ejercicio profesional. Esta prueba será obligatoria para todas las candidaturas admitidas.
Tendrá carácter eliminatorio, valorándose en concordancia con el sistema de puntuación correspondiente. En este caso, esta prueba tendrá un valor máximo de 10 puntos, siendo necesario obtener una puntuación igual o superior al 50% de la puntuación máxima (5 puntos) para superarla.
Consistirá en realizar un cuestionario tipo test que evaluará los conocimientos relacionados con los conocimientos mínimos requeridos, atendiendo a lo señalado en el apartado “conocimientos necesarios” de las bases específicas, y estará basada en la bibliografía facilitada en la misma para la preparación de la prueba. El cuestionario estará compuesto de 100 preguntas con 3 alternativas de respuesta y una sola respuesta correcta, en las que el sistema de puntuación será:
- Cada respuesta correcta será puntuada con 1 punto.
- Cada respuesta incorrecta penalizará 0,3 puntos.
- Las preguntas no contestadas no puntúan ni penalizan.
La puntuación del ejercicio se calculará mediante la siguiente fórmula:
Puntuación ejercicio tipo test = nº de aciertos - (nº de errores3)10
Con carácter general, en el cuestionario test se incluirán 10 preguntas adicionales de reserva, ordenadas de la 101 a la 110*, que servirán para sustituir, si procede, preguntas que pudieran ser anuladas.
* Cuando resulte necesario anular un número de preguntas superior al de las 10 preguntas de reserva establecidas, la calificación final de la prueba se obtendrá recalculando la puntuación en proporción al número de preguntas válidas restantes.
No obstante, si el número total de preguntas válidas fuese inferior a 80, el cuestionario se considerará nulo, quedando sin efecto los resultados obtenidos. En tal caso, se procederá a la realización de un nuevo ejercicio tipo test.
La duración máxima para la realización de este ejercicio será de 2 horas y 30 minutos. Al finalizar el examen, las personas candidatas conservarán una copia de la hoja de respuestas que garantizará la asistencia y la posterior comprobación de la realización del ejercicio.
Las candidaturas admitidas deberán presentarse en el lugar y hora publicados, siendo la no asistencia motivo de exclusión del proceso selectivo. Deberán asistir con el DNI, NIE y/o pasaporte en vigor, no pudiendo estar caducados los documentos que acrediten la identidad. Si se produjera esta situación es necesario presentar un documento que justifique la no vigencia, pudiendo mostrar un resguardo de renovación o denuncia en caso de hurto o robo.
Se prohibirá acceder a la realización de esta prueba con cualquier dispositivo electrónico encendido (móvil, tableta, calculadoras programables, relojes inteligentes, etc.), considerando causa de exclusión el incumplimiento de esta restricción.
Tras la publicación del listado provisional de resultados de este ejercicio, las personas candidatas dispondrán de un plazo de dos días hábiles para presentar reclamaciones ante el tribunal calificador sobre las preguntas del ejercicio que consideren incorrectas. Las reclamaciones se presentarán siguiendo el modelo que será facilitado, y se enviarán mediante el apartado de reclamaciones que se habilitará durante ese periodo en el área de candidat@.
Ante las resoluciones del tribunal calificador se podrá reclamar en segunda instancia ante la dirección en el plazo de dos días hábiles. Durante este periodo sólo se admitirán reclamaciones sobre aquellas preguntas que hayan sido previamente reclamadas en primera instancia ante el tribunal calificador.
Todas las candidaturas aptas que superen esta fase del proceso selectivo deberán realizar las pruebas de evaluación de potencial y competencias.
2.3.2. Prueba teórico-práctica
Permitirá evaluar la habilidad o destreza en el ejercicio profesional mediante la aplicación directa de los conocimientos, permitiendo valorar así la idoneidad de la candidatura en relación con las funciones a realizar en el puesto ofertado.
Tendrá carácter eliminatorio, valorándose en concordancia con el sistema de puntuación correspondiente. En este caso, esta prueba tendrá un valor máximo de 10 puntos, siendo necesario obtener una puntuación igual o superior al 50% de la puntuación máxima (5 puntos) para superarla.
Consistirá en realizar una prueba o supuesto de carácter teórico-práctico en la que se formularán preguntas a desarrollar relacionadas con los conocimientos necesarios y actividades a desarrollar recogido en las bases específicas. La persona candidata deberá desarrollar una respuesta fundamentada, justificando su elección y explicando las razones que la sustentan.
Tras la publicación del listado provisional de resultados de esta prueba, las personas candidatas dispondrán de un plazo de dos días hábiles para presentar reclamaciones sobre la prueba realizada ante el tribunal calificador. Las reclamaciones se enviarán mediante el apartado de reclamaciones que se habilitará durante ese periodo en el área de candidat@.
Si la persona reclamante solicitara al tribunal calificador el ejercicio realizado y la calificación obtenida, se le citará en un plazo de dos días hábiles para su revisión, teniéndosele por desistida en caso de no presentarse el día en que sea convocada.
Ante las resoluciones del tribunal calificador se podrá reclamar en segunda instancia ante la dirección en el plazo de dos días hábiles. Durante este periodo sólo se admitirán reclamaciones sobre aspectos que hayan sido previamente reclamados en primera instancia ante el tribunal calificador.
Si el ejercicio tipo test y la prueba teórico-práctica se realizasen de forma seguida en el mismo día, la publicación de los listados de resultados provisionales y los plazos de reclamación de ambas fases se unificarán de igual manera.
Todas las candidaturas aptas que superen esta fase del proceso selectivo deberán realizar las pruebas de evaluación de potencial y competencias.
2.3.3. Evaluación de potencial y competencias
Se incluye esta evaluación para garantizar la correcta adecuación de las candidaturas por requerir el colectivo de especia responsabilidad, capacidad para el manejo de equipos o superior especialización.
Se establece, por tanto, una evaluación de potencial y competencias que constará de las siguientes fases:
- Prueba psicotécnica: consistirá en la realización de un cuestionario tipo test de evaluación de competencias. Dicho test será realizado mediante una plataforma externa especializada en el ámbito de los recursos humanos para la evaluación psicológica que permita asegurar que cuenta con las garantías técnicas de fiabilidad y validez.
- Entrevista personal: consistirá en la realización de una entrevista personal de evaluación de competencias. Dicha entrevista se realizará por profesionales formados en la materia de evaluación de personas.
Estas pruebas medirán el grado o nivel de desarrollo de las personas candidatas en las competencias establecidas para el perfil evaluado, según el nuevo modelo de competencias de Canal.
Ambas pruebas se realizarán de manera independiente, en distintos días y modalidades.
- Primero, se realizará la prueba psicotécnica de manera conjunta con todas las candidaturas que hayan superado las fases anteriores del proceso. La convocatoria a esta prueba podrá realizarse de manera unificada con otros procesos selectivos activos similares por causas organizativas. El día, lugar y hora de realización de la prueba se informará pertinentemente a las personas participantes mediante convocatoria oficial, siendo la no asistencia motivo de exclusión del proceso selectivo. La duración media de esta prueba se encuentra entre los 30 y los 60 minutos, no existiendo tiempo máximo.
- Posteriormente, se realizará la entrevista personal de manera individual a aquellas personas que hayan realizado la prueba psicotécnica. Esta entrevista tendrá la modalidad de entrevista semiestructurada por incidentes críticos. El día, lugar y hora de realización de la entrevista, así como la persona responsable de realizar la misma, se informará pertinentemente a las personas participantes mediante convocatoria oficial. Esta entrevista tendrá una duración máxima de 1 hora y media. La no asistencia el día y hora convocados conllevará la exclusión del proceso selectivo.
El resultado de la evaluación de potencial y competencias en su conjunto se calculará mediante la media de la puntuación obtenida en ambas fases. Esta evaluación será de carácter eliminatorio, siendo necesario obtener una puntuación del 50% para superarla. En este caso, esta prueba tendrá un valor máximo de 5 puntos, siendo necesario obtener una puntuación igual o superior al 50% de la puntuación máxima (2,5 puntos) para superarla.
2.3.4. Valoración de méritos
Esta valoración reconocerá la experiencia vinculada a las funciones propias del puesto convocado, asignando una puntuación tanto a la experiencia directamente relacionada con las funciones del puesto ofertado como a otras experiencias profesionales que puedan considerarse afines.
Se realizará únicamente sobre candidaturas vigentes y no tendrá carácter eliminatorio. La puntuación obtenida en esta fase se sumará a las anteriores, conforme al sistema de puntuación establecido. En este caso, esta fase tendrá un valor máximo de 5 puntos, no habiendo puntuación mínima al no ser eliminatoria.
La fecha a considerar para la valoración de méritos será la de finalización del plazo de presentación de solicitudes indicado en estas bases específicas. Los factores valorables son los siguientes:
- Experiencia profesional: Experiencia profesional en administraciones y entidades públicas o privadas siempre y cuando se hubieran desarrollado funciones análogas a las del puesto convocado: 0,05 puntos por mes completo trabajado, o la parte proporcional en los periodos inferiores al mes.
La experiencia profesional a valorar en el presente proceso selectivo será la siguiente:
Experiencia como titulado/a superior en protección de datos, transparencia y NNTT en la emisión de informes jurídicos especializados en materia de protección de datos, así como la atención de cualesquiera otras consultas o encomiendas técnicas relacionadas con la normativa aplicable; el análisis y tramitación de solicitudes de información y oficios procedentes de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, órganos jurisdiccionales, organismos públicos y administraciones; la defensa en los procedimientos administrativos y judiciales en materia de protección de datos; o la participación en expedientes vinculados a la contratación pública.
La acreditación de dicha experiencia profesional se realizará mediante la documentación relacionada en las bases generales. Esta documentación constará, generalmente, de (consultar el detalle de esta documentación a presentar en las bases generales):
- Informe de vida laboral actualizado.
- Currículum vitae.
- Certificado expedido por la empresa en la que se haya trabajado*.
* No será necesario acreditar (sí indicar en la solicitud) la experiencia obtenida en Canal de Isabel II por figurar ya en los archivos de la Empresa.
Esta documentación se solicitará únicamente a las personas candidatas que hayan superado el resto de las fases anteriores del proceso. Podrá adjuntarse a través del apartado de reclamaciones que se habilitará durante determinado periodo en el área de candidat@. De este periodo, las candidaturas vigentes serán informadas mediante correo electrónico y mediante su área de candidat@. No se admitirá documentación por ninguna otra vía que no sea la establecida a tal fin.
2.4. RESOLUCIÓN DEL PROCESO SELECTIVO
Desde la finalización de la última fase del proceso selectivo se hará pública la relación de candidaturas aprobadas con indicación de las propuestas para cubrir las plazas vacantes convocadas, en un plazo no superior a diez días hábiles. Las plazas serán adjudicadas a los aspirantes que, sumadas las calificaciones de las diferentes pruebas superadas, hayan obtenido la mayor puntuación.
En caso de igualdad en las puntuaciones finales se aplicarán sucesivamente los criterios de desempate recogidos en el artículo 47.3 del III Convenio Colectivo de Canal de Isabel II, S.A., M.P., así como en las bases generales.
El destino de las plazas lo elegirán los aspirantes según el orden final del proceso selectivo y el número de plazas disponibles. No podrán proponerse más personas candidatas que plazas. La incorporación a los respectivos destinos se producirá en el plazo máximo de dos meses desde la publicación de la relación de candidaturas aprobadas propuestas para cubrir las plazas convocadas.
Esta incorporación se producirá en el grupo profesional, área funcional, subgrupo y puesto señalados en el perfil del puesto que se establece en las presentes bases.
2.5 LISTA DE ESPERA
Las candidaturas que, habiendo superado las diferentes pruebas, no tengan adjudicada plaza, pasarán a formar parte de una lista de espera, la cual será pública, y se comunicará al comité de empresa.
El orden ocupado en esta lista de espera lo determinará la puntuación obtenida en la resolución publicada del proceso selectivo.
Tendrá una vigencia de quince meses desde la publicación de la resolución del proceso selectivo y se utilizará para la cobertura de vacantes de igual grupo profesional e igual puesto de trabajo y especialidad que la vacante convocada.
Cada vez que se realice el aprovechamiento de esta lista de espera, se publicará el documento actualizado marcando el estado actualizado de la misma, permitiendo a las candidaturas conocer su posición.
Para poder acceder a las nuevas plazas ofertadas, las candidaturas en lista de espera deberán poseer los requisitos de participación en el momento de formalización del contrato.
3. TRIBUNAL CALIFICADOR
El tribunal calificador que se encargará de la realización y evaluación de las pruebas del ejercicio tipo test y de la prueba de carácter teórico-práctico es el siguiente:
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TITULARES |
SUPLENTES |
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Presidenta |
Hanna Sánchez Gómez |
Mª Victoria Salas San Martín |
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Vocal |
Juan Pedro Sanz Martín |
Ángel Hermenegildo Ramos Rodríguez |
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Vocal |
Adriana Reyero Díez |
Abdelkader Ahamed López |
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Vocal |
Mario Rodil Gandoy |
Ignacio García Lamuedra |
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Vocal |
Guillermo Curieses Noguera |
Antonio Martínez Faro |
4. CONOCIMIENTOS NECESARIOS
Se facilita la siguiente bibliografía recomendada (normativa, legislación, libros y páginas webs detalladas) en los conocimientos mínimos necesarios para preparar las pruebas del proceso selectivo:
- Protección de datos personales:
- https://www.aepd.es/es/documento/reglamento-ue-2016-679-consolidado.pdf
- https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=DOUE-L-2016-80807
- https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=CELEX:32016R0679R(03)&from=ES
- https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=CELEX:32016R0679R(02)&from=ES
- https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=CELEX:32021D0915&from=ES
- https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=DOUE-L-2021-80739
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2018-16673https://www.boe.es/boe/dias/2021/05/27/pdfs/BOE-A-2021-8806.pdf
- Régimen jurídico y Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-10565
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2021-5032
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-10566
- Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno en España y en la Comunidad de Madrid:
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2019-10102
- Contratación Pública:
- Sociedad de la Información:
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2002-13758
- Paquete office 365 (Word, Excel, PowerPoint):
- Ayuda y formación de Microsoft 365
- Otra documentación de referencia:
- https://ec.europa.eu/info/law/law-topic/data-protection/data-protection-eu_es#legislacin
- https://ec.europa.eu/newsroom/article29/items
- https://edpb.europa.eu/edpb_es
- https://www.aepd.es/es/publicaciones-y-resoluciones https://www.consejodetransparencia.es/ct_Home/index.html
· III Convenio Colectivo de Canal de Isabel II, S.A.:
- Título II: Organización del Trabajo
- Título III: Clasificación Profesional
- Título VI: Seguridad y Salud Laboral
- Título IX: Régimen Sancionador.
· Canal de Isabel II:
- Misión; Valores; Retos Estratégicos (Líneas estratégicas y Planes):Plan Estratégico - Inicio (Plan Estratégico 2025-2030)
- El Canal y el Ciclo integral del agua en la Comunidad de Madrid (Captación, Tratamiento, Distribución, Saneamiento, Calidad de las Aguas): El ciclo integral del agua en la Comunidad de Madrid
· Prevención de Riesgos Laborales:
- Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
- Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.
- Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo.
5. ACTIVIDAD A DESARROLLAR
Las funciones principales del puesto son las siguientes:
- Realizar informes jurídicos con relación a la normativa en materia de protección de datos, así como cualquier otra encomendada.
- Analizar y tramitar solicitudes de información/oficios de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, Juzgados, Organismos y Administraciones Públicas cuando corresponda.
- Realizar propuestas de redacción de cláusulas y requisitos de protección de datos a incorporar en PCAP y en contratos menores, de conformidad con normativa pública de contratación y valoración, así como de acuerdo con el criterio del Delegado/a de Protección de Datos.
- Análisis y elaboración de propuestas de contestación referidas a solicitudes de Transparencia, actualización del registro de solicitudes de transparencia y del portal de transparencia.
- Defender los intereses de Canal en los procedimientos administrativos y judiciales encomendados.
- Participar en expedientes en defensa de los intereses de Canal relativos a contratación pública.
- Actuar como Recurso Preventivo en las actuaciones que así lo exijan.
Y, en general, todas aquellas que se deriven del desempeño del puesto de trabajo.
23 de febrero de 2026
Isabel Pemau González
Directora de Recursos