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Introducción Medio ambiente
Bases para Titulado/a Superior Área Jurídico Internacional
Bases Específicas: Titulado/a Superior Área Jurídico Internacional
Por la presente se convoca un proceso selectivo, para cubrir 1 puesto de Titulado/a Superior Área Jurídico Internacional en los términos anunciados en el BOCM de 19 de abril de 2023, y según lo acordado en la Comisión Paritaria de 13 de septiembre de 2024, en la que se acuerda seguir aplicando las bases que estaban vigentes durante el año 2023, para este proceso selectivo.
REQUISITOS PARA PARTICIPAR Y CARACTERÍSTICAS DEL PUESTO:
Podrán participar en el proceso selectivo, aquellos candidatos que cumplan, los requisitos mínimos que se establecen en las bases generales y en las presentes “Bases específicas”.
Quedarán excluidos del proceso selectivo los candidatos que no cumplan algunos de los requisitos mínimos fijados en las bases generales o en la presente ficha y, en particular, los que no acrediten la titulación y experiencia requerida a que se hace referencia en el presente apartado.
Nombre del puesto: TITULADO/A SUPERIOR
Número de plazas:
PROCEDIMIENTO |
PLAZAS |
Turno Libre |
1 |
Total plazas |
1 |
Jornada: Las plazas se ajustarán a la jornada continuada de mañana de lunes a viernes.
Lugar de trabajo: Ámbito territorial de aplicación del II Convenio Colectivo de Canal de Isabel II, S.A., M.P.
Retribución anual A fecha de publicación de estas bases específicas, la retribución fija anual es de 42.129,66€.
GRUPO PROFESIONAL |
SUBGRUPO |
ÁREA FUNCIONAL |
Titulado Universitarios |
A |
Administrativa |
Complementos variables adicionales (hasta un máximo de un 21,5%* del salario del puesto):
- Incentivo de productividad
- Complemento por objetivos
- Complemento por desempeño
*Se aplicarán conforme a lo establecido en el II Convenio Colectivo de Canal de Isabel II, S.A.
Titulación requerida: Estar en posesión del Título de Licenciado/a en Derecho; o título de Grado en Derecho y Máster de Acceso a la Abogacía o la homologación correspondiente.
Adicionalmente, se requiere estar dado de alta en cualquier Colegio de abogados de España bien como ejerciente o como no ejerciente en este momento, o bien que pueda darse de alta en el Colegio de Abogados como ejerciente en este momento sin necesidad de cursar el Máster de Acceso a la Abogacía ni aprobar el examen de acceso convocado por el Ministerio de Justicia (de conformidad con la Ley 34/2006 de 30 de octubre sobre el acceso a las profesiones de la Abogacía y la Procura).
Idioma Acreditar un nivel B2 según el Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas (MCER). El requisito de inglés podrá acreditarse mediante alguno de los siguientes certificados:
- EOI: 1er y 2do cursos de Nivel Avanzado o Certificado de Nivel Avanzado (Plan antiguo: 1er y 2do curso Ciclo Superior o Certificado de Aptitud).
- Cambridge First Certificate in English (CFE).
- Certificado ISE II del Trinity College de Londres.
- GESE 7-12 del Trinity College de Londres.
- TOEFL iBT, con una puntuación total a partir de 72.
- TOEFL pBT, con una puntuación total a partir de 567.
- TOEFL cBT, con una puntuación total a partir de 220.
- IELTS, con una puntuación total a partir de 5,5.
- TOEIC, puntuación mínima en alguna de las siguientes destrezas: Listening and Reading ≥ 785.
- APTIS for Teachers/APTIS General de British Council, cuya puntuación acredite un nivel B2.
- Business Language Testing Service (BULATS), con una puntuación total a partir de 60.
- Oxford Test of English (OTE), prueba on-line cuya puntuación acredite un nivel B2.
- Pearson Test of English General- Level 3 (B2).
- Certificación CertAcles English B2, expedida por universidades españolas y reconocida por la Asociación de Centros de Lenguas de la Enseñanza Superior (ACLES).
- Anglia ESOL Examinations-Advanced (B2)
Nota: es conveniente marcar la correspondiente casilla en la página de presentación de solicitudes para, caso de que sea necesario, permitir a Canal de Isabel II, S.A. realizar prueba objetiva de inglés para acreditar el nivel B2 solicitado.
Experiencia requerida: Poseer experiencia mínima demostrable de 18 meses como Titulado/a Superior, realizando tareas de asesor/a jurídico especializado en las materias propias de Derecho Corporativo y Societario en el ámbito español e iberoamericano, desempeñando funciones de asesoramiento a Secretarías del Consejo de Administración de sociedades de capital, ya sea en empresas públicas o privadas con forma de sociedad de capital”.
Únicamente se considerarán aquellas experiencias profesionales en las que conste que se haya cotizado en el grupo de cotización 01.
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN:
El proceso se ajustará a lo establecido en las bases generales.
1º.- PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Los candidatos presentarán su solicitud de participación a través de la página web de Canal de Isabel II, S.A., M.P.: www.canaldeisabelsegunda.es, en el apartado Empleo.
La inscripción en el proceso selectivo se realizará conforme a lo indicado en las bases generales.
El plazo de admisión de solicitudes finaliza a las 23:59 horas del día 16 de noviembre de 2024, no admitiéndose ninguna solicitud posterior a dicha fecha. La no presentación de la solicitud en tiempo y hora supondrá la exclusión del aspirante.
2 º.- ÓRGANO DE SELECCIÓN:
El Órgano de Selección designado para la evaluación y corrección de las pruebas estará compuesto por los siguientes miembros:
|
TITULARES |
SUPLENTES |
Presidente/a |
Natalia Flores Cernadas |
Hanna Sánchez Gómez |
Vocal |
Ángel Hermenegildo Ramos Rodríguez |
Daniel Rodríguez Marchese |
Vocal |
Abdelkader Ahamed López |
Juan Pedro Carrillo Larios |
Vocal |
Manuel Hernández Polo |
Antonio Martínez Faro |
Vocal |
María de la Cinta Macarro Giraldo |
Mario Rodil Gandoy |
3º.- PRUEBAS
La puntuación global máxima que podrá obtenerse en el proceso de selección será de 15 puntos:
FASES |
PUNTUACIÓN MÁXIMA |
CARÁCTER ELIMINATORIO |
Teórico-prácticas |
10 puntos |
Sí |
Evaluación de potencial y competencias |
5 puntos |
Sí |
Total |
15 puntos |
|
4º.- PRUEBA TEÓRICA/PRÁCTICA
Se realizará prueba teórica/práctica para evaluar si los candidatos cuentan con los conocimientos, así como la habilidad o destreza en el ejercicio profesional necesarios para el adecuado desempeño del puesto de trabajo, atendiendo a lo señalado en los apartados “Conocimientos necesarios” y “Actividad a desarrollar”, de las bases específicas.
Esta prueba tendrá carácter eliminatorio y será obligatoria para todos los aspirantes, consistirá en realizar un cuestionario tipo test, compuesto de 100 preguntas con 3 alternativas de respuesta y una sola respuesta correcta. Cada respuesta correcta será puntuada con 1 punto, las incorrectas penalizarán 0,33333333 puntos. Las preguntas no contestadas no puntúan ni penalizan. Con carácter general, en el cuestionario test se incluirán 10 preguntas adicionales de reserva, ordenadas de la 101 a la 110 que servirán para sustituir, si procede, preguntas que pudieran ser anuladas.
La duración máxima para la realización de esta prueba será de 2 horas y 30 minutos.
La puntuación máxima de estas pruebas una vez ponderados los resultados en base 10 será de 10 puntos y para superarlas los candidatos deberán obtener una puntuación mínima de 5 puntos.
Los candidatos que opten a la realización de las pruebas teórico-prácticas, deberán presentarse en el lugar y hora publicados. Deberán asistir con el DNI, NIE y/o pasaporte en vigor, no pudiendo estar caducados los documentos que acrediten la identidad. Si se produjera esta situación es necesario presentar un documento que justifique la no vigencia, pudiendo mostrar un resguardo de renovación o denuncia en caso de hurto o robo.
Se prohibirá acceder a la realización de esta prueba con cualquier dispositivo electrónico (móvil, tableta, calculadoras programables, relojes inteligentes, etc.), considerando causa de exclusión el incumplimiento de esta restricción.
Al finalizar el examen, los candidatos conservarán una copia de la hoja de respuestas que garantizará la asistencia y la comprobación de la realización del ejercicio.
La no asistencia a la prueba será motivo de exclusión del proceso selectivo.
5º. EVALUACIÓN DE POTENCIAL Y COMPETENCIAS
Esta prueba permitirá evaluar el potencial y competencias de los candidatos para valorar su adecuación al puesto. Adoptarán con carácter general la forma de una entrevista de evaluación y se realizarán por técnicos cualificados en esta materia.
Su valoración máxima será de 5 puntos y tendrá carácter eliminatorio, por lo que será necesario obtener una nota mínima de 2,5 puntos.
CONOCIMIENTOS NECESARIOS:
- Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil, y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en concreto:
- Las fuentes del Derecho en el ordenamiento español. La Ley: concepto, requisitos y clases. La Constitución como norma jurídica. El sistema normativo de la Unión Europea. La costumbre. Los principios generales del Derecho. La jurisprudencia: su valor en el sistema de fuentes. Reparto competencial en la Constitución Española y en el Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid en materia de agua, medio ambiente y obras públicas.
- Efectos esenciales de las normas. Aplicación de las leyes en el tiempo; retroactividad e irretroactividad de las leyes. Inexcusabilidad de su cumplimiento y error de Derecho. La nulidad como sanción general. El fraude de ley.
- La influencia del tiempo en las relaciones jurídicas: Cómputo del tiempo; cómputo civil y cómputo de los plazos administrativos. Términos y plazos en el ámbito administrativo. La prescripción y sus clases. La caducidad.
- Las obligaciones: naturaleza, fuentes y elementos. Clases de obligaciones: obligaciones puras y condicionales, a plazo, alternativas, mancomunadas y solidarias, divisibles e indivisibles y obligaciones con cláusula penal. El cumplimiento de las obligaciones. Incumplimiento: mora, dolo, culpa, caso fortuito y fuerza mayor. Cumplimiento forzoso en forma específica. Resarcimiento de daños y perjuicios. Causas de extinción de las obligaciones: El pago. Formas especiales de pago: imputación de pagos, pago por cesión de bienes y consignación. Pérdida de la cosa debida. Condonación de la deuda. Confusión de derechos. La compensación. La novación.
- El contrato. Elementos del contrato. Capacidad de los contratantes. Objeto y forma. Perfección de los contratos. Interpretación de los contratos. Estipulaciones a favor de terceros. El contrato preparatorio o precontrato. Ineficacia de los contratos. Inexistencia, nulidad y anulabilidad: causas y efectos. Rescisión. La acción revocatoria o pauliana.
- El sector público institucional de la Comunidad de Madrid: definición de los organismos autónomos, de los órganos de gestión sin personalidad jurídica distinta de la Comunidad y de las empresas públicas, en la Ley 1/1984, de 19 de enero, reguladora de la Administración Institucional de la Comunidad de Madrid. Empresas públicas de la Comunidad de Madrid: empresas públicas constituidas como sociedades mercantiles y entes con personalidad pública y régimen de actuación de Derecho privado.
- Canal de Isabel II, S.A. Naturaleza y régimen jurídico de conformidad con la Ley 1/1984, de 19 de enero, reguladora de la Administración Institucional de la Comunidad de Madrid; el artículo 16 de la Ley 3/2008, de 29 de diciembre de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad de Madrid; y su condición de poder adjudicador, conforme a la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
- El régimen jurídico del abastecimiento y el saneamiento de agua en la Comunidad de Madrid: La Ley 17/1984, de 20 de diciembre de 1984, Reguladora del Abastecimiento y Saneamiento de Agua en la Comunidad de Madrid.
- Régimen económico y financiero de la prestación de los servicios del ciclo integral del agua en la Comunidad de Madrid (Ley 17/1984, de 20 de diciembre, reguladora del abastecimiento y saneamiento de agua en la Comunidad de Madrid y Decreto 137/1985, de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre régimen económico y financiero del abastecimiento y saneamiento de agua en la Comunidad de Madrid).
- Normativa específica aplicable a Canal de Isabel II. Decreto 2922/1975, de 31 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento para el servicio de distribución de las aguas de Canal de Isabel II. Decreto 3068/1975, de 31 de octubre, para regular las relaciones económicas abonado-Canal de Isabel II, en la redacción dada por el Real Decreto 1080/1978, de 2 de mayo.
- Régimen jurídico de las sociedades anónimas y de las sociedades de responsabilidad limitada: Disposiciones generales aplicables a las sociedades de capital (Título I del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital).
- Constitución de las sociedades de capital: disposiciones generales; la escritura de constitución; la inscripción registral; la nulidad de la sociedad. Las aportaciones sociales.
- Participaciones sociales y acciones.
- La junta general.
- La administración de la sociedad.
- Las cuentas anuales.
- La modificación de los estatutos sociales. Formalidades aplicables a las sociedades mercantiles de la Comunidad de Madrid (Ley 1/1984, de 19 de enero, reguladora de la Administración Institucional de la Comunidad de Madrid y Orden de 21 de abril de 2010, por la que se regula la información a remitir por Organismos, Entidades y resto de Entes Públicos de la Comunidad de Madrid).
- Disolución y liquidación de sociedades mercantiles. Modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles: Transformación, fusión, escisión y cesión global de activos y pasivos, la normativa de aplicación (“Títulos I y II del Libro Primero del Real Decreto- ley 5/2023, de 28 de junio”
- Acceso al Registro Mercantil de los actos de las sociedades anónimas y de las sociedades de responsabilidad limitada: Elevación a público e Inscripción de actos de sociedades anónimas y sociedades de responsabilidad limitada.
- Inscripción en el Registro Mercantil de la transformación, fusión, escisión, disolución y liquidación de sociedades. Cierre de la hoja registral.
- Depósito y publicidad de las cuentas anuales.
- Normativa internacional que puede ser de aplicación a las sociedades del Grupo Canal de Isabel II: Reglas del Centro Internacional de Arreglo y Diferencias Relativas a Inversiones -CIADI-, Acuerdos entre España y Colombia de Promoción y Protección Recíproca de Inversiones -APPRI-, Arbitraje y conciliación en la República Dominicana: Reglamento de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio y Producción de Santo Domingo, Ejecución de Resoluciones judiciales en el derecho panameño (Código Judicial de Panamá Titulo VIII, Capítulo VI, artículos 1035 al 1050).
- Canal de Isabel II: Misión; Valores; Estrategia (Líneas y Planes). El Canal y el Ciclo integral del agua en la Comunidad de Madrid (Captación, Tratamiento, Distribución, Saneamiento, Calidad de las Aguas).
https://www.canaldeisabelsegunda.es/inicio
https://www.canaldeisabelsegunda.es/documents/20143/26004946/InformeSostenibilidad2022.pdf/8b2019e2- 09ed-629d-d63f-b24f4bf3402f?t=1685606241503
- II Convenio Colectivo de Canal de Isabel II, S.A.:
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- Título II: Organización del Trabajo
- Título III: Clasificación profesional
- Título VI: Seguridad y Salud Laboral
- Título IX: Régimen Sancionador
«BOE» núm. 61, de 12 de marzo de 2022. Resolución de 9 de marzo de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el II Convenio Colectivo de Canal de Isabel II, SA.
- Legislación aplicable en materia de seguridad y salud en el trabajo. En concreto, la siguiente normativa consolidada (u otra que la sustituyera, llegado el caso), las guías técnicas de Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo que las desarrolla y aspectos clave en prevención de riesgos laborales de aplicación. Normativa:
- Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.
- Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo.
- Real Decreto 488/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización.
- Funciones y Responsabilidades del Recurso Preventivo.
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- Ley 31/1995, de 8 de noviembre de Prevención Riesgos Laborales (LPRL) y la Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales.
- RD 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de prevención (RSP).
BIBLIOGRAFÍA:
Además de la normativa, legislación y páginas webs detalladas en los conocimientos mínimos necesarios, se facilita la siguiente bibliografía para preparar la prueba de conocimientos:
Normativa internacional que puede ser de aplicación a las sociedades del Grupo Canal de Isabel II:
- https://icsid.worldbank.org/sites/default/files/documents/ICSID_Convention_SPA.pdf
- Acuerdo entre el Reino de España y la República de Colombia para la promoción y protección recíproca de inversiones, hecho en Bogotá el 31 de marzo de 2005.
- https://www.crcsd.do/wp-content/uploads/2023/06/Reglamento-de-Arbitraje-CRC-2011.pdf
- https://vlex.com.pa/vid/codigo-judicial-58511374
ACTIVIDAD A DESARROLLAR:
Las funciones principales del puesto son las siguientes:
- Reportar al jefe de Área Jurídico Internacional, sus principales funciones serán:
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- Supervisar los documentos propios de la actividad de los órganos de administración de las sociedades del Grupo Canal de Isabel II.
- Coordinar, supervisar y colaborar en el desarrollo de las reuniones de la Junta General de Accionistas, del Consejo de Administración y órganos equivalentes en las sociedades del Grupo Canal de Isabel II.
- Controlar los poderes otorgados por las sociedades del Grupo Canal de Isabel II.
- Participar en la protocolización de documentos societarios.
- Participar en la tramitación de la inscripción de escrituras públicas en el Registro Mercantil.
- Coordinar el archivo y participar en la llevanza de los libros de actas.
- Estudiar la normativa y resolución de consultas de carácter jurídico.
- Supervisar y coordinar la elaboración de las actas y certificaciones de los órganos sociales de las sociedades del Grupo Canal de Isabel II.
- Supervisar y coordinar la gestión y actualizar la documentación societaria de las sociedades del Grupo Canal de Isabel II.
- Actuar como Recurso Preventivo en las actuaciones que así lo exijan.
Y, en general, todas aquellas que se deriven del desempeño del puesto de trabajo
6 de noviembre de 2024
Isabel Pemau González
Directora de Recursos