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Introducción Medio ambiente
Bases para Titulado Superior Contencioso
Bases Específicas: Titulado Superior Contencioso
Por la presente se convoca un proceso selectivo, para cubrir 2 puestos de Titulado Superior Contencioso en los términos anunciados en el BOCM de 17 de febrero de 2022, 16 de septiembre de 2022 y en las vigentes Bases Generales.
En la presente convocatoria, por aplicación del artículo 44 del convenio colectivo y según el acuerdo alcanzado con el comité de empresa de 5 de diciembre de 2022, con el fin de asegurar el cumplimiento del plazo establecido para la ejecución de los procesos selectivos, se convocan conjuntamente los procesos selectivos en turno de promoción interna y turno libre.
Los requisitos de admisión serán los específicos para cada turno. Los aspirantes presentados en cada uno los turnos, promoción interna y turno libre, realizarán las mismas pruebas teórico-prácticas. Una vez valoradas las pruebas del proceso selectivo, los aspirantes en turno de promoción interna que las hayan superado tendrán prioridad en la ocupación y elección de las vacantes convocadas. Las vacantes que no se hayan podido cubrir por los candidatos en promoción interna, serán ofertadas a los candidatos en turno libre. En ningún caso, Canal de Isabel II, S.A. asegura la disponibilidad de vacantes en el turno libre.
REQUISITOS PARA PARTICIPAR Y CARACTERÍSTICAS DEL PUESTO:
Podrán participar en el proceso selectivo, aquellos candidatos que cumplan los requisitos mínimos que se establecen en las bases generales y en las presentes “Bases Específicas”.
Quedarán excluidos del proceso selectivo los candidatos que no cumplan algunos de los requisitos mínimos fijados en las bases generales o en la presente ficha y, en particular, los que no acrediten la titulación y experiencia requerida a que se hace referencia en el presente apartado.
Nombre del puesto: |
TITULADO SUPERIOR CONTENCIOSO
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Número de plazas: |
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Jornada: |
Las plazas se ajustarán a jornada de mañana de lunes a viernes. |
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Lugar de trabajo: |
Ámbito territorial de aplicación del II Convenio colectivo de Canal de Isabel II, S.A. |
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Retribución anual:
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La que corresponde a los puestos encuadrados en el grupo profesional de Titulados Universitarios, Área Administrativa, Subgrupo A, según las tablas salariales aprobadas en el vigente Convenio Colectivo. Hasta un 10% del salario bruto por el cumplimiento de los objetivos que anualmente se fijen no consolidable. |
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Titulación requerida: |
Estar en posesión del Título de Licenciado en Derecho o las homologaciones correspondientes. Los candidatos que opten al Área Contencioso, deberán encontrarse dados de alta en cualquier colegio de abogados de España bien como ejercientes o como no ejercientes en este momento, o puedan darse de alta en el Colegio de abogados como ejercientes sin necesidad de cursar el Master de Acceso a la Abogacía y aprobar el examen de acceso convocado por el Ministerio de Justicia (de conformidad con la Ley 34/2006 de 30 de octubre sobre el acceso a las profesiones de abogado y procurador de los tribunales. |
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Experiencia requerida: |
Poseer experiencia mínima demostrable de 18 meses como Titulado Superior, abogado colegiado ejerciendo la abogacía en la tramitación y gestión de procedimientos judiciales en cualquier orden jurisdiccional (redacción de demandas, escritos de oposición, de trámite, proposición de prueba, etc.; interposición o impugnación de todo tipo de recursos, asistencia a juicios y demás señalamientos en Sala), así como en la tramitación y gestión de expedientes administrativos. Será requisito estar colegiado como abogado durante el periodo en el que se acredita la experiencia requerida. Para acreditar la experiencia se deberá aportar la certificación. |
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PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN:
El proceso se ajustará a lo establecido en las vigentes bases generales.
1º.- PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Los candidatos presentarán su solicitud de participación a través de la página web de Canal de Isabel II, S.A.: https://www.convocatoriascanaldeisabelsegunda.es/
La inscripción en el proceso selectivo se realizará conforme a lo indicado en las bases generales.
El plazo de admisión de solicitudes finaliza a las 23:59 horas del día 18 de enero de 2023*, no admitiéndose ninguna solicitud posterior a dicha fecha. La no presentación de la solicitud en tiempo y hora supondrá la exclusión del aspirante.
*Debido al periodo vacacional se amplía los plazos de inscripción hasta la fecha señalada.
2 º.- ÓRGANO DE SELECCIÓN:
El Órgano de Selección designado para la evaluación y corrección de las pruebas estará compuesto por los siguientes miembros:
Titulares Suplentes
Presidente: Susana Pérez Martínez Eratsi Rangel Gutiérrez
Vocal: Óscar Franco Sanz Víctor Ramón García Fernández
Vocal: María de la Cinta Macarro Giraldo Verónica Cerdán López
Vocal: Juan Pedro Sanz Martín Abdelkader Ahamed López
Vocal: Manuel Hernández Polo Ángel Hermenegildo Ramos Rodríguez
3º.- PRUEBAS
La puntuación global máxima que podrá obtenerse en el proceso de selección será de 25 puntos para las plazas de consolidación/estabilización de empleo, distribuidos de la siguiente manera en las siguientes fases:
Fases |
Puntuación |
Carácter eliminatorio |
Teórico-prácticas |
10 puntos |
Sí |
Evaluación de potencial y competencias |
5 puntos |
Sí |
Valoración de méritos |
10 puntos (40 %) |
No |
4º.- PRUEBA TEÓRICA/PRÁCTICA.
Se realizará prueba teórica/práctica para evaluar si los candidatos cuentan con los conocimientos, así como la habilidad o destreza en el ejercicio profesional necesarios para el adecuado desempeño del puesto de trabajo, atendiendo a lo señalado en los apartados “Conocimientos necesarios” y “Actividad a desarrollar”, de las bases específicas.
Esta prueba tendrá carácter eliminatorio y será obligatoria para todos los aspirantes, consistirá en realizar un cuestionario tipo test, compuesto de 100 preguntas con 3 alternativas de respuesta y una sola respuesta correcta. Cada respuesta correcta será puntuada con 1 punto, las incorrectas penalizarán 0,33333333 puntos. Las preguntas no contestadas no puntúan ni penalizan. Con carácter general, en el cuestionario test se incluirán 10 preguntas adicionales de reserva, ordenadas de la 101 a la 110 que servirán para sustituir, si procede, preguntas que pudieran ser anuladas.
La duración máxima para la realización de esta prueba será de 2 horas y 30 minutos.
La puntuación máxima de estas pruebas será de 10 puntos y para superarlas los candidatos deberán obtener una puntuación mínima de 5 puntos.
Los candidatos que opten a la realización de las pruebas teórico-prácticas, deberán presentarse en el lugar y hora publicados. Deberán asistir con el DNI, NIE y/o pasaporte en vigor, no pudiendo estar caducados los documentos que acrediten la identidad. Si se produjera esta situación es necesario presentar un documento que justifique la no vigencia, pudiendo mostrar un resguardo de renovación o denuncia en caso de hurto o robo.
Se prohibirá acceder a la realización de esta prueba con cualquier dispositivo electrónico encendido (móvil, Tableta, calculadoras programables, relojes inteligentes, etc.), considerando causa de exclusión el incumplimiento de esta restricción.
Al finalizar el examen, los candidatos conservarán una copia de la hoja de respuestas que garantizará la asistencia y la comprobación de la realización del ejercicio.
La no asistencia a la prueba será motivo de exclusión del proceso selectivo.
5º.- EVALUACIÓN DE POTENCIAL Y COMPETENCIAS.
Esta prueba permitirá evaluar el potencial y competencias de los candidatos para valorar su adecuación al puesto. Adoptarán con carácter general la forma de una entrevista de evaluación y se realizarán por técnicos cualificados en esta materia.
Su valoración máxima será de 5 puntos y tendrá carácter eliminatorio, por lo que será necesario obtener una nota mínima de 2,5 puntos.
6º.- VALORACIÓN DE MÉRITOS
En las plazas de consolidación/estabilización de empleo temporal, se realizará la valoración de la experiencia teniendo como referencia la indicada en el apartado “Experiencia requerida” de las presentes Bases Específicas.
Esta valoración se realizará únicamente a los candidatos aprobados. Su valoración máxima será de 10 puntos, y tendrá carácter no eliminatorio.
Los factores valorables son los siguientes:
- Experiencia profesional con relación laboral contractual de carácter temporal en Canal de Isabel II y en empresas del grupo Canal cuya actividad haya asumido Canal, desarrollando las funciones correspondientes al puesto convocado: 0,060 puntos por mes completo trabajado, o la parte proporcional en los periodos inferiores al mes.
- Experiencia profesional en administraciones y entidades públicas o privadas con actividades vinculadas a la gestión del ciclo integral del agua, siempre y cuando se hubieran desarrollado funciones análogas a las del puesto convocado: 0,035 puntos por mes completo trabajado, o la parte proporcional en los periodos inferiores al mes.
- Experiencia profesional con relación laboral contractual de carácter temporal en Canal de Isabel II, desarrollando funciones distintas a las del puesto convocado: 0,025 puntos por mes completo trabajado, o la parte proporcional en los periodos inferiores al mes.
A efectos de valoración, cada periodo sólo podrá computar en uno de los apartados anteriores, no siendo acumulativos. La fecha a considerar para la valoración de méritos será la de finalización del plazo de presentación de solicitudes indicado en las bases específicas.
Se entenderá que realizan actividades vinculadas a la gestión del ciclo integral del agua aquellas entidades que, de acuerdo con su objeto social, estén incluidas en la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE) [epígrafes en Bases Generales].
La acreditación de la experiencia profesional deberá ser demostrada con los siguientes documentos que se incluirán en la solicitud:
- Informe de Vida Laboral que justifique la experiencia requerida o valorable. Dicho informe deberá haber sido obtenido en el plazo máximo de los 45 días naturales anteriores al momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes establecido en las Bases Especificas de la convocatoria. Será necesario para entender acreditada la experiencia (tanto para los requisitos como para la valoración de méritos) que el grupo de cotización coincida con el correspondiente al puesto convocado.
- Aportación del currículum vitae (CV). No se valorarán los datos reflejados que no estén acreditados en el Informe de Vida Laboral.
- Certificado expedido por la empresa en la que haya trabajado el candidato en el que se especifique el puesto, las funciones desempeñadas y el período de duración de las mismas. El Certificado de Funciones deberá presentarse firmado y sellado por un representante legal de la empresa. Se facilita un modelo orientativo Descargable. Excepcionalmente, en los casos que se justifique que no se puede obtener este certificado, se valorarán otros documentos con los que queden acreditado suficientemente (no sirviendo la declaración del propio candidato) el puesto, las funciones desempeñadas y el periodo.
No será necesario acreditar (sí indicar en la solicitud) la experiencia obtenida en Canal de Isabel II por figurar ya en los archivos de la empresa.
CONOCIMIENTOS NECESARIOS:
BLOQUE TEMÁTICO GENERAL
- Ley 17/1984, de 20 de diciembre, reguladora del abastecimiento y saneamiento de agua en la Comunidad de Madrid.
- Decreto 2922/1975, de 31 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento para el servicio y distribución de las aguas del Canal de Isabel II.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
- Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
- Efectos esenciales de las normas. La nulidad como sanción general. El fraude de Ley.
- Influencia del tiempo en las relaciones jurídicas. Cómputo del tiempo. La prescripción. La caducidad
- Cumplimiento de las obligaciones. Incumplimiento y efectos. El Contrato
- Las servidumbres. Los derechos reales de garantía.
- El derecho a la tutela judicial efectiva.
- Las Sociedades mercantiles públicas. Naturaleza jurídica de Canal de Isabel II, S.A.
- BLOQUE TEMATICO DE CONTENCIOSO
1.- OBLIGACIONES Y CONTRATOS
a.- Concepto y Clases de obligaciones
b.- Cumplimiento e incumplimiento de las obligaciones
c.- Protección del crédito: Acciones
d.- Transmisión de las obligaciones
e.- El hecho ilícito como fuente de obligaciones: La responsabilidad extracontractual
f.- Concepto y Clases de contratos
g.- Ineficacia de los contratos
h.- Contrato de suministro
i.- Los cuasi contratos
j.- El enriquecimiento sin causa
2.-PRÁCTICA DE DERECHO PROCESAL
2.1 DERECHO PROCESAL CIVIL
- Las partes procesales. Jurisdicción y competencia.
- Procedimiento Monitorio
- Procedimiento de Juicio Verbal
- Procedimiento de Juicio Ordinario
- Procedimiento de Ejecución Forzosa
- Recursos
2.2 DERECHO PROCESAL PENAL
- Las partes procesales. Jurisdicción y competencia.
- Procedimiento Abreviado: Instrucción, Fase intermedia y enjuiciamiento
- Procedimiento para el Juicio de Delitos Leves
- Ejecución de Sentencias Penales
- Recursos
3. PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
- Las partes procesales. Jurisdicción y competencia
- Procedimiento administrativo previo: Tipos fases y recursos
- Procedimiento Abreviado
- Procedimiento Ordinario
- Recursos
- Canal de Isabel II: Misión; Valores; Estrategia (Líneas y Planes). El Canal y el Ciclo integral del agua en la Comunidad de Madrid (Captación, Tratamiento, Distribución, Saneamiento, Calidad de las Aguas).
https://www.canaldeisabelsegunda.es/inicio
- II Convenio Colectivo de Canal de Isabel II, S.A.:
- Título II: Organización del Trabajo
- Título III: Clasificación profesional
- Título VI: Seguridad y Salud Laboral
- Título IX: Régimen Sancionador.
«BOE» núm. 61, de 12 de marzo de 2022. Resolución de 9 de marzo de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el II Convenio Colectivo de Canal de Isabel II, SA.
- Prevención de riesgos laborales
Legislación aplicable en materia de seguridad y salud en el trabajo. En concreto, la siguiente normativa consolidada (u otra que la sustituyera, llegado el caso), las guías técnicas de Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo que las desarrolla y aspectos clave en prevención de riesgos laborales de aplicación. Normativa:
- Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.
- Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo.
- Real Decreto 488/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización
- Funciones y Responsabilidades del Recurso Preventivo.
- Ley 31/1995, de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) y la Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales.
- RD 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de prevención (RSP).
- En relación a las obras de construcción, se encuentran recogidas en la Disposición adicional decimocuarta de la Ley 31/1995, la Disposición Adicional Décima del RD 39/1997, y el RD 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción.
BIBLIOGRAFÍA
Normativa, legislación y páginas webs detalladas en los conocimientos mínimos necesarios.
Actividad a desarrollar |
Las funciones principales del puesto son las siguientes:
- Interponer y proseguir en todas sus instancias ante los órdenes jurisdiccionales civil, penal y contencioso-administrativo, las reclamaciones en materia de derecho de daños y responsabilidad civil vinculada a la actividad de la empresa, bien como actores o como demandados/denunciados.
- Tramitar y, en su caso, interponer y proseguir ante el orden penal y en todas sus instancias, las denuncias relacionadas con posibles delitos cometidos por terceros frente a la empresa.
- Interponer y proseguir como en todas sus instancias las reclamaciones judiciales de deudas derivadas del impago de facturas de contratos de suministro, entre otras.
- Tramitar y, en su caso, interponer y proseguir el procedimiento ante el orden mercantil y en todas sus instancias, las reclamaciones de deudas derivadas de clientes que se encuentren en concurso de acreedores.
- Tramitar en vía administrativa y, en su caso, ante el orden jurisdiccional social y contencioso administrativo y en todas sus instancias, los posibles expedientes sancionadores incoados frente a Canal de Isabel II, S.A. por las administraciones públicas con potestad sancionadora, tales como Entidades Locales, Inspección de Trabajo, INSS, etc., así como recargo de prestaciones derivados de accidentes de trabajo.
- Tramitar y, en su caso, interponer y proseguir ante el orden civil y en todas sus instancias, las reclamaciones y demandas derivadas de la propiedad y posesión de los bienes inmuebles gestionados por Canal de Isabel II, S.A. en materias tales como Expropiaciones, Servidumbres, Expedientes de Dominio, Acciones Reivindicatorias, Ley de Arrendamientos Urbanos, etc.
- Tramitar y, en su caso, interponer recursos en vía administrativa y judicial frente a liquidaciones, tasas, impuestos de ámbito Local derivados de la ejecución de obras, propiedad de bienes inmuebles, actividades económicas, etc.
- Actuará como Recurso Preventivo en las actuaciones que así lo exijan.
Y, en general, todas aquellas que se deriven del desempeño del puesto de trabajo
Fecha 30 de diciembre de 2022
Mónica Fierro Martín
Directora de Recursos