Medio ambiente
Introducción Medio ambiente
Bases para Lector
Bases Específicas: Lector
Por la presente se convoca un proceso selectivo, para cubrir 2 puestos de Lector en los términos anunciados en el BOCM de 17 de febrero de 2022, 16 de septiembre de 2022 y en las vigentes Bases Generales.
REQUISITOS PARA PARTICIPAR Y CARACTERÍSTICAS DEL PUESTO:
Podrán participar en el proceso selectivo, aquellos candidatos que cumplan los requisitos mínimos que se establecen en las bases generales y en las presentes “Bases Específicas”.
Quedarán excluidos del proceso selectivo los candidatos que no cumplan algunos de los requisitos mínimos fijados en las bases generales o en la presente ficha y, en particular, los que no acrediten la titulación y experiencia requerida a que se hace referencia en el presente apartado.
Nombre del puesto: Lector
Número de plazas:
PROCEDIMIENTO |
PLAZAS |
Consolidación/Estabilización |
2 |
Total plazas |
2 |
Jornada Las plazas se ajustarán a jornada de mañana de lunes a viernes.
Lugar de trabajo Ámbito territorial de aplicación del II Convenio colectivo de Canal de Isabel II, S.A.
Experiencia requerida Poseer experiencia mínima demostrable de 6 meses, como lector de contadores de agua.
En aquellos casos en que sé que haya obtenido el título de Formación Profesional requerido en las bases mediante FP Dual haciendo prácticas en empresas del Ciclo Integral del Agua o de Automatización, en los que participa Canal de Isabel II convalidará el requisito de experiencia. El candidato deberá acreditar dicha experiencia mediante el acuerdo firmado empresa-trabajador-centro de trabajo en el que se indica la fecha y empresa en la que ha realizado las prácticas.
Carné de Conducir Carné de conducir B en vigor. Imprescindible para el desempeño del puesto de trabajo.
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN:
El proceso se ajustará a lo establecido en las vigentes bases generales.
1º.- PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Los candidatos presentarán su solicitud de participación a través de la página web de Canal de Isabel II, S.A.: https://www.convocatoriascanaldeisabelsegunda.es/
La inscripción en el proceso selectivo se realizará conforme a lo indicado en las bases generales.
El plazo de admisión de solicitudes finaliza a las 23:59 horas del día 18 de enero de 2023, no admitiéndose ninguna solicitud posterior a dicha fecha. La no presentación de la solicitud en tiempo y hora supondrá la exclusión del aspirante.
*Debido al periodo vacacional se amplía los plazos de inscripción hasta la fecha señalada.
2 º.- ÓRGANO DE SELECCIÓN:
El Órgano de Selección designado para la evaluación y corrección de las pruebas estará compuesto por los siguientes miembros:
3º.- PRUEBAS
La puntuación global máxima que podrá obtenerse en el proceso de selección será de 25 puntos para las plazas de consolidación/estabilización de empleo, distribuidos de la siguiente manera en las siguientes fases:
Fases |
Puntuación |
Carácter eliminatorio |
Teórico-prácticas |
15 puntos |
Sí |
Valoración de méritos |
10 puntos (40 %) |
No |
4º.- PRUEBA TEÓRICA/PRÁCTICA.
Se realizará prueba teórica/práctica para evaluar si los candidatos cuentan con los conocimientos, así como la habilidad o destreza en el ejercicio profesional necesarios para el adecuado desempeño del puesto de trabajo, atendiendo a lo señalado en los apartados “Conocimientos necesarios” y “Actividad a desarrollar”, de las bases específicas.
Esta prueba tendrá carácter eliminatorio y será obligatoria para todos los aspirantes, consistirá en realizar un cuestionario tipo test, compuesto de 100 preguntas con 3 alternativas de respuesta y una sola respuesta correcta. Cada respuesta correcta será puntuada con 1 punto, las incorrectas penalizarán 0,33333333 puntos. Las preguntas no contestadas no puntúan ni penalizan. Con carácter general, en el cuestionario test se incluirán 10 preguntas adicionales de reserva, ordenadas de la 101 a la 110 que servirán para sustituir, si procede, preguntas que pudieran ser anuladas.
La duración máxima para la realización de esta prueba será de 2 horas y 30 minutos.
La puntuación máxima de estas pruebas será de 15 puntos y para superarlas los candidatos deberán obtener una puntuación mínima de 7,5 puntos.
Los candidatos que opten a la realización de las pruebas teórico-prácticas, deberán presentarse en el lugar y hora publicados. Deberán asistir con el DNI, NIE y/o pasaporte en vigor, no pudiendo estar caducados los documentos que acrediten la identidad. Si se produjera esta situación es necesario presentar un documento que justifique la no vigencia, pudiendo mostrar un resguardo de renovación o denuncia en caso de hurto o robo.
Se prohibirá acceder a la realización de esta prueba con cualquier dispositivo electrónico encendido (móvil, Tableta, calculadoras programables, relojes inteligentes, etc.), considerando causa de exclusión el incumplimiento de esta restricción.
Al finalizar el examen, los candidatos conservarán una copia de la hoja de respuestas que garantizará la asistencia y la comprobación de la realización del ejercicio.
La no asistencia a la prueba será motivo de exclusión del proceso selectivo.
En las plazas de consolidación/estabilización de empleo temporal, se realizará la valoración de la experiencia teniendo como referencia la indicada en el apartado “Experiencia requerida” de las presentes Bases Específicas.
Esta valoración se realizará únicamente a los candidatos aprobados. Su valoración máxima será de 10 puntos, y tendrá carácter no eliminatorio.
Los factores valorables son los siguientes:
- Experiencia profesional con relación laboral contractual de carácter temporal en Canal de Isabel II y en empresas del grupo Canal cuya actividad haya asumido Canal, desarrollando las funciones correspondientes al puesto convocado: 0,060 puntos por mes completo trabajado, o la parte proporcional en los periodos inferiores al mes.
- Experiencia profesional en administraciones y entidades públicas o privadas con actividades vinculadas a la gestión del ciclo integral del agua, siempre y cuando se hubieran desarrollado funciones análogas a las del puesto convocado: 0,035 puntos por mes completo trabajado, o la parte proporcional en los periodos inferiores al mes.
- Experiencia profesional con relación laboral contractual de carácter temporal en Canal de Isabel II, desarrollando funciones distintas a las del puesto convocado: 0,025 puntos por mes completo trabajado, o la parte proporcional en los periodos inferiores al mes.
A efectos de valoración, cada periodo sólo podrá computar en uno de los apartados anteriores, no siendo acumulativos. La fecha a considerar para la valoración de méritos será la de finalización del plazo de presentación de solicitudes indicado en las bases específicas.
La acreditación de la experiencia profesional deberá ser demostrada con los siguientes documentos que se incluirán en la solicitud:
- Informe de Vida Laboral que justifique la experiencia requerida o valorable. Dicho informe deberá haber sido obtenido en el plazo máximo de los 45 días naturales anteriores al momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes establecido en las Bases Especificas de la convocatoria. Será necesario para entender acreditada la experiencia (tanto para los requisitos como para la valoración de méritos) que el grupo de cotización coincida con el correspondiente al puesto convocado.
- Aportación del currículum vitae (CV). No se valorarán los datos reflejados que no estén acreditados en el Informe de Vida Laboral.
- Certificado expedido por la empresa en la que haya trabajado el candidato en el que se especifique el puesto, las funciones desempeñadas y el período de duración de las mismas. El Certificado de Funciones deberá presentarse firmado y sellado por un representante legal de la empresa. Se facilita un modelo orientativo Descargable. Excepcionalmente, en los casos que se justifique que no se puede obtener este certificado, se valorarán otros documentos con los que queden acreditado suficientemente (no sirviendo la declaración del propio candidato) el puesto, las funciones desempeñadas y el periodo.
No será necesario acreditar (sí indicar en la solicitud) la experiencia obtenida en Canal de Isabel II por figurar ya en los archivos de la empresa.
CONOCIMIENTOS NECESARIOS:
- Decreto 2922/75 de 31 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento para el Servicio y Distribución de las Aguas del Canal de Isabel II (B.O.E. nº 272, de 13 de noviembre de 1975).
- Especificación Técnica de Acometidas de Agua para Consumo Humano de Canal de Isabel II. Versión 4. 2018.
-
- Capítulo II de Componentes de la Acometida. Apartados II.8 a II.11
- Capítulo IV de Instalación de la Acometida. Apartados IV.8 y IV.9
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- Decreto 29/2018, de 17 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las tarifas máximas de los servicios de aducción, distribución, alcantarillado, depuración y reutilización del agua en el ámbito de la Comunidad de Madrid. Artículos 1 al 4.
- UNE-EN ISO 4064 (noviembre 2018): Contadores de agua para agua fría potable y agua caliente.
- Contadores de agua:
- Tipologías y principios de funcionamiento.
- Características técnicas.
- Comportamiento metrológico.
- Marcado de contadores.
- II Convenio Colectivo de Canal de Isabel II, S.A.
- Título II: Organización del Trabajo
- Título III: Clasificación Profesional
- Título VI: Seguridad y Salud Laboral
- Título IX: Régimen Sancionador.
- Canal de Isabel II: El Canal y el Ciclo integral del agua en la Comunidad de Madrid (Captación, Tratamiento, Distribución, Saneamiento, Calidad de las Aguas).
- Prevención de Riesgos Laborales:
- Ley 31/1995 de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales.
-
- Capítulo III. Derechos y obligaciones
- Capítulo IV. Servicios de prevención
- Capítulo V. Consulta y participación de los trabajadores
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- Real Decreto 486/1997 de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.
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- Anexo I. Condiciones generales de seguridad en los lugares de trabajo
- Anexo II. Orden, limpieza y mantenimiento
- Anexo III. Condiciones ambientales de los lugares de trabajo
- Anexo IV. Iluminación de los lugares de trabajo
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- Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo.
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- Anexo I. Disposiciones mínimas de carácter general relativas a la señalización de seguridad y salud en el lugar de trabajo
- Anexo II. Colores de seguridad
- Anexo III. Señales en forma de panel
- Anexo IV. Señales luminosas y acústicas
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- Anexo VII. Disposiciones mínimas relativas a diversas señalizaciones
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- Real Decreto 487/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la manipulación manual de cargas que entrañe riesgos, en particular dorso lumbares, para los trabajadores.
BIBLIOGRAFÍA RECOMENDADA:
- Canal de Isabel II: El Canal y el Ciclo integral del agua en la Comunidad de Madrid (Captación, Tratamiento, Distribución, Saneamiento, Calidad de las Aguas). https://www.canaldeisabelsegunda.es/inicio
- II Convenio Colectivo de Canal de Isabel II, S.A. Se puede consultar en:
- Normativa y legislación:
Especificación Técnica de Acometidas de Agua para Consumo Humano de Canal de Isabel II. Versión 4. 2018.
- Contadores de agua:
Gestión Integral de Contadores de Agua/ Francisco Arregui de la Cruz, Enrique Cabrera Rochera y Ricardo Cobacho Jordán/ISBN: 846080539-5
Medición de Caudal/Diversos Autores/ISBN 3-9520220-5-5
ACTIVIDAD A DESARROLLAR:
Las funciones principales del puesto son las siguientes:
- Realización de auditorías al suministro en finca cuando existe alguna incidencia relacionada con el consumo o el resultado de la actividad de lectura (desviaciones atípicas del consumo, anomalías de lectura no justificadas, quejas de clientes, etc.), para lo cual es imprescindible realizar la lectura del contador de agua.
- Realización sobre el terreno de la supervisión de la actividad realizada por las empresas adjudicatarias de las actividades externalizadas en el Área de Facturación, así como apoyo a los mandos intermedios en dicha supervisión.
- Verificación del estado de las instalaciones de lectura automática y remota (tele lectura), así como el mantenimiento correctivo de incidencias de menor complejidad en las mismas.
- Conducción del vehículo asignado por el CYII, utilizado en los desplazamientos a los trabajos a realizar.
Y, en general, todas aquellas que se deriven del desempeño del puesto de trabajo.
Fecha 29 de diciembre de 2022
Mónica Fierro Martín
Directora de Recursos