Medio ambiente
Introducción Medio ambiente
Bases para Titulado Superior Secretaría General Técnica
Bases Específicas: “Titulado Superior Secretaría General Técnica”.
Por la presente se convoca un proceso selectivo, para cubrir 2 puestos de Titulado Superior en la Secretaría General Técnica en los términos anunciados en el BOCM de 17 de febrero de 2022.
REQUISITOS PARA PARTICIPAR Y CARACTERÍSTICAS DEL PUESTO:
Podrán participar en el proceso selectivo, aquellos candidatos que cumplan los requisitos mínimos que se establecen en las bases generales y en la presente “Bases Específicas”.
Quedarán excluidos del proceso selectivo los candidatos que no cumplan algunos de los requisitos mínimos fijados en las bases generales o en la presente ficha y, en particular, los que no acrediten la titulación y experiencia requerida a que se hace referencia en el presente apartado.
Nombre del puesto TITULADO SUPERIOR SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA
Número de plazas:
PROCEDIMIENTO |
PLAZAS |
Turno Libre |
2 |
Total plazas |
2 |
Jornada Las plazas se ajustarán a la jornada continuada de mañana de lunes a viernes.
Lugar de trabajo Ámbito territorial de aplicación del II Convenio Colectivo de Canal de Isabel II, S.A
Retribución anual La que corresponde a los puestos encuadrados en el grupo profesional de Titulados Universitarios, Área Administrativa, Subgrupo A, según las tablas salariales aprobadas en el vigente Convenio Colectivo.
Titulación requerida Título de Licenciado en Derecho; o títulos de Grado equivalentes y Máster Oficial o la homologación correspondiente; y Título de Abogado del Ministerio de Justicia. Se requiere estar dado de alta en cualquier Colegio de abogados de España bien como ejerciente o como no ejerciente en este momento, o bien que pueda darse de alta en el Colegio de Abogados como ejerciente en este momento sin necesidad de cursar el Máster de Acceso a la Abogacía ni aprobar el examen de acceso convocado por el Ministerio de Justicia (de conformidad con la Ley 34/2006 de 30 de octubre sobre el acceso a las profesiones de la Abogacía y la Procura).
Experiencia requerida Poseer experiencia mínima demostrable de Titulado Superior de 18 meses como asesor jurídico especializado en las materias propias de Derecho Societario, desempeñando funciones de asesoramiento a Secretarías del Consejo de Administración de sociedades de capital, ya sea en despachos de abogados, o en empresas públicas o privadas con forma de sociedad de capital”.
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN:
El proceso se ajustará a lo establecido en las bases generales.
1º.- PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Los candidatos presentarán su solicitud de participación a través de la página web de Canal de Isabel II, S.A.: www.canaldeisabelsegunda.es, en el apartado de empleo.
La inscripción en el proceso selectivo se realizará conforme a lo indicado en las bases generales.
El plazo de admisión de solicitudes finaliza a las 23:59 horas del día 18 de enero de 2023*, no admitiéndose ninguna solicitud posterior a dicha fecha. La no presentación de la solicitud en tiempo y hora supondrá la exclusión del aspirante.
*Debido al periodo vacacional se amplía los plazos de inscripción hasta la fecha señalada.
2 º.- ÓRGANO DE SELECCIÓN:
El Órgano de Selección designado para la evaluación y corrección de las pruebas estará compuesto por los siguientes miembros:
Titulares Suplentes
Presidente: Susana Pérez Martínez Eratsi Rangel Gutiérrez
Vocal: Ángel Hermenegildo Ramos Rodríguez Mario Rodil Gandoy
Vocal: Abdelkader Ahamed López Daniel Rodríguez Marchese
Vocal: Manuel Hernández Polo Juan Pedro Sanz Martín
Vocal: María de la Cinta Macarro Giraldo Laura Gil Cristobalena
3º.- PRUEBAS
La puntuación global máxima que podrá obtenerse en el proceso de selección será de 15 puntos.
El proceso de evaluación de los aspirantes a la plaza contará de las siguientes fases:
Pruebas Teórico Prácticas
Se realizará prueba teórica/práctica para evaluar si los candidatos cuentan con los conocimientos, así como la habilidad o destreza en el ejercicio profesional necesarios para el adecuado desempeño del puesto de trabajo, atendiendo a lo señalado en los apartados “Conocimientos necesarios” y “Actividad a desarrollar”, de las Bases Específicas.
Esta prueba tendrá carácter eliminatorio y será obligatoria para todos los aspirantes, consistirá en realizar un cuestionario tipo test, compuesto de 100 preguntas con 3 alternativas de respuesta y una sola respuesta correcta. Cada respuesta correcta será puntuada con 1 punto, las incorrectas penalizarán 0,33333333 puntos. Las preguntas no contestadas no puntúan ni penalizan. Con carácter general, en el cuestionario test se incluirán 10 preguntas adicionales de reserva, ordenadas de la 101 a la 110 que servirán para sustituir, si procede, preguntas que pudieran ser anuladas.
La duración máxima para la realización de esta prueba será de 2 horas y 30 minutos.
La puntuación máxima de estas pruebas será de 10 puntos y para superarlas los candidatos deberán obtener una puntuación mínima de 5 puntos.
Los candidatos que opten a la realización de las pruebas teórico-prácticas, deberán presentarse en el lugar y hora publicados. Deberán asistir con el DNI, NIE y/o pasaporte en vigor, no pudiendo estar caducados los documentos que acrediten la identidad. Si se produjera esta situación es necesario presentar un documento que justifique la no vigencia, pudiendo mostrar un resguardo de renovación o denuncia en caso de hurto o robo.
Se prohibirá acceder a la realización de esta prueba con cualquier dispositivo electrónico encendido (móvil, Tableta, calculadoras programables, relojes inteligentes, etc.), considerando causa de exclusión el incumplimiento de esta restricción.
Al finalizar el examen, los candidatos conservarán una copia de la hoja de respuestas que garantizará la asistencia y la comprobación de la realización del ejercicio.
La no asistencia a la prueba será motivo de exclusión del proceso selectivo.
4º. EVALUACION DE POTENCIAL Y COMPETENCIAS.
Su valoración máxima será de 5 puntos y tendrán carácter eliminatorio por lo que será necesario obtener una nota mínima de 2,5 puntos.
CONOCIMIENTOS NECESARIOS:
- Las fuentes del Derecho en el ordenamiento español. La Ley: concepto, requisitos y clases. La Constitución como norma jurídica. El sistema normativo de la Unión Europea. La costumbre. Los principios generales del Derecho. La jurisprudencia: su valor en el sistema de fuentes. Reparto competencial en la Constitución Española y en el Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid en materia de agua, medio ambiente y obras públicas.
- Efectos esenciales de las normas. Aplicación de las leyes en el tiempo; retroactividad e irretroactividad de las leyes. Inexcusabilidad de su cumplimiento y error de Derecho. La nulidad como sanción general. El fraude de ley.
- La influencia del tiempo en las relaciones jurídicas: Cómputo del tiempo; cómputo civil y cómputo de los plazos administrativos. Términos y plazos en el ámbito administrativo. La prescripción y sus clases. La caducidad.
- Las obligaciones: naturaleza, fuentes y elementos. Clases de obligaciones: obligaciones puras y condicionales, a plazo, alternativas, mancomunadas y solidarias, divisibles e indivisibles y obligaciones con cláusula penal. El cumplimiento de las obligaciones. Incumplimiento: mora, dolo, culpa, caso fortuito y fuerza mayor. Cumplimiento forzoso en forma específica. Resarcimiento de daños y perjuicios. Causas de extinción de las obligaciones: El pago. Formas especiales de pago: imputación de pagos, pago por cesión de bienes y consignación. Pérdida de la cosa debida. Condonación de la deuda. Confusión de derechos. La compensación. La novación.
- El contrato. Elementos del contrato. Capacidad de los contratantes. Objeto y forma. Perfección de los contratos. Interpretación de los contratos. Estipulaciones a favor de terceros. El contrato preparatorio o precontrato. Ineficacia de los contratos. Inexistencia, nulidad y anulabilidad: causas y efectos. Rescisión. La acción revocatoria o pauliana.
- El sector público institucional de la Comunidad de Madrid: definición de los organismos autónomos, de los órganos de gestión sin personalidad jurídica distinta de la Comunidad y de las empresas públicas, en la Ley 1/1984, de 19 de enero, reguladora de la Administración Institucional de la Comunidad de Madrid. Empresas públicas de la Comunidad de Madrid: empresas públicas constituidas como sociedades mercantiles y entes con personalidad pública y régimen de actuación de Derecho privado.
- Régimen jurídico de los medios propios personificados, conforme a la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 y a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
- Canal de Isabel II, S.A. Naturaleza y régimen jurídico de conformidad con la Ley 1/1984, de 19 de enero, reguladora de la Administración Institucional de la Comunidad de Madrid; el artículo 16 de la Ley 3/2008, de 24 de diciembre de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad de Madrid; y su condición de poder adjudicador, conforme a la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
- El régimen jurídico del abastecimiento y el saneamiento de agua en la Comunidad de Madrid: La Ley 17/1984, de 20 de diciembre de 1984, Reguladora del Abastecimiento y Saneamiento de Agua en la Comunidad de Madrid.
- Régimen económico y financiero de la prestación de los servicios del ciclo integral del agua en la Comunidad de Madrid (Ley 17/1984, de 20 de diciembre, reguladora del abastecimiento y saneamiento de agua en la Comunidad de Madrid y Decreto 137/1985, de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre régimen económico y financiero del abastecimiento y saneamiento de agua en la Comunidad de Madrid).
- Normativa específica aplicable a Canal de Isabel II. Decreto 2922/1975, de 31 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento para el servicio de distribución de las aguas de Canal de Isabel II. Decreto 3068/1975, de 31 de octubre, para regular las relaciones económicas abonado-Canal de Isabel II, en la redacción dada por el Real Decreto 1080/1978, de 2 de mayo.
- Régimen jurídico de las sociedades anónimas y de las sociedades de responsabilidad limitada: Disposiciones generales aplicables a las sociedades de capital (Título I del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital).
- Constitución de las sociedades de capital: disposiciones generales; la escritura de constitución; la inscripción registral; la nulidad de la sociedad. Las aportaciones sociales.
- Participaciones sociales y acciones.
- La junta general.
- La administración de la sociedad. Comisiones del consejo de administración en las entidades emisoras de valores distintos de las acciones admitidos a negociación en mercados regulados.
- Las cuentas anuales.
- La modificación de los estatutos sociales. Formalidades aplicables a las sociedades mercantiles de la Comunidad de Madrid (Ley 1/1984, de 19 de enero, reguladora de la Administración Institucional de la Comunidad de Madrid y Orden de 21 de abril de 2010, por la que se regula la información a remitir por Organismos, Entidades y resto de Entes Públicos de la Comunidad de Madrid).
- Disolución y liquidación de sociedades mercantiles.
- Modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles: Transformación, fusión, escisión y cesión global de activos y pasivos, la normativa de aplicación (“Títulos I y II del Libro Primero del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio”
- Modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles: Transformación, fusión, escisión y cesión global de activos y pasivos.
- Acceso al Registro Mercantil de los actos de las sociedades anónimas y de las sociedades de responsabilidad limitada: Inscripción de las sociedades en general. Inscripción de las sociedades anónimas. Inscripción de las sociedades de responsabilidad limitada.
- Inscripción en el Registro Mercantil de la transformación, fusión, escisión, disolución y liquidación de sociedades. Cierre de la hoja registral.
- Depósito y publicidad de las cuentas anuales.
- Gobierno Corporativo: Principios y Recomendaciones del Código de Buen Gobierno de las Sociedades Cotizadas aprobado por la CNMV. Guía Técnica 3/2017 de la CNMV, sobre Comisiones de Auditoría de Entidades de Interés Público. Guía Técnica 1/2019 de la CNMV, sobre Comisiones de Nombramientos y Retribuciones.
- Canal Isabel II: Misión; Valores; Estrategia (Líneas y Planes). El Canal y el Ciclo integral del agua en la Comunidad de Madrid (Captación, Tratamiento, Distribución, Saneamiento, Calidad de las Aguas).
https://www.canaldeisabelsegunda.es/inicio
- II Convenio Colectivo de Canal de Isabel II, S.A.:
- Título II: Organización del Trabajo
- Título III: Clasificación profesional
- Título VI: Seguridad y Salud Laboral
- Título IX: Régimen Sancionador.
«BOE» núm. 61, de 12 de marzo de 2022. Resolución de 9 de marzo de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el II Convenio Colectivo de Canal de Isabel II, SA.
- Prevención de riesgos laborales
Legislación aplicable en materia de seguridad y salud en el trabajo. En concreto, la siguiente normativa consolidada (u otra que la sustituyera, llegado el caso), las guías técnicas de Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo que las desarrolla y aspectos clave en prevención de riesgos laborales de aplicación. Normativa:
- Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.
- Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo.
- Real Decreto 488/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización
- Funciones y Responsabilidades del Recurso Preventivo.
- Ley 31/1995, de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) y la Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales.
- RD 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de prevención (RSP).
- En relación a las obras de construcción, se encuentran recogidas en la Disposición adicional decimocuarta de la Ley 31/1995, la Disposición Adicional Décima del RD 39/1997, y el RD 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción.
BIBLIOGRAFÍA:
Para preparar la prueba teórico – práctica, se tendrá en cuenta la normativa, legislación y/o webs a las que se hace referencia en el apartado “conocimientos necesarios”
ACTIVIDAD A DESARROLLAR:
Reportando al Jefe de Área de Corporativo, sus principales responsabilidades y funciones serán:
- Redacción de documentos propios de la actividad de los órganos de administración de Canal de Isabel II, S.A. y sus sociedades filiales.
- Preparación y colaboración en el desarrollo de las reuniones de la Junta General de Accionistas, del Consejo de Administración y de sus Comisiones especializadas (Comisión de Auditoría y Comisión de Nombramientos y Retribuciones).
- Control de los poderes otorgados por Canal de Isabel II, S.A. y sus sociedades participadas.
- Participación en la protocolización de documentos societarios.
- Tramitación de la inscripción de escrituras públicas en el Registro Mercantil.
- Coordinación del archivo y llevanza de los libros de actas de Canal de Isabel II, S.A. y de sus sociedades participadas.
- Estudio de normativa y resolución de consultas relativas al régimen jurídico de las sociedades mercantiles.
- Colaboración en la elaboración de las actas de las sesiones, así como de las certificaciones sobre su contenido y acuerdos adoptados.
- Participación en la gestión y actualización de la documentación societaria.
- Colaboración en la propuesta y ejecución de medidas en materia de Buen Gobierno Corporativo.
- Actuar como Recurso Preventivo en las actuaciones que así lo exijan.
Y, en general, todas aquellas que se deriven del desempeño del puesto.
Fecha 12/07/2023
Mónica Fierro Martín
Directora de Recursos